Entre el 9 de agosto y el próximo 19 de octubre de 2023, los colombianos deben declarar y pagar el impuesto de renta, según el calendario de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN). Esto es un deber de aquellas personas naturales con la situación financiera acorde a tributarlo. Sin embargo, en ocasiones quedan saldos a favor del ciudadano.
Pero el proceso para acceder a este saldo a favor, según la representante a la Cámara Ángela Vergara, es tortuoso, por lo que radicó un proyecto de ley que busca agilizarlo. Lea aquí: La DIAN amplia el plazo para declarar renta por actualización en sus sistema
Este saldo a favor, un reducto del pago que hace la persona, se deriva cuando la persona natural pagó más de lo que era su responsabilidad fiscal, un error administrativo que en ocasiones incurre la DIAN.
Este proceso, actualmente, debe solicitarse por parte del contribuyente, y el trámite puede tardar hasta 50 días. El proyecto de Vergara propone eliminar este trámite y que la devolución se realice sin necesidad de mediar solicitud en un plazo de 30 días.
“Este proyecto busca beneficiar a millones de colombianos que cada año declaran renta y tienen saldos a favor. Con esta iniciativa, las personas podrán recuperar su dinero de forma más rápida y sencilla, lo que les permitirá utilizarlo para sus necesidades”, dijo la representante bolivarense.
El proyecto de ley también propone incluir a las personas asalariadas y que devenguen honorarios por prestación de servicios dentro del proceso de devolución automática de saldos a favor. Actualmente, este proceso solo está disponible para personas que cumplen con ciertos requisitos muy poco conocidos por los colombianos.
De esta forma se pretende que la Dian devuelva, de forma automática, los saldos a favor originados en el impuesto sobre la renta y sobre las ventas, para los contribuyentes y responsables que cumplan con los siguientes requisitos:
- No representan un riesgo alto de conformidad con el sistema de análisis de riesgo de la DIAN.
- Que soporten el veinticinco (25%) de los costos o gastos y/o del IVA descontable, mediante el sistema de facturación electrónica de venta; sin perjuicio de que los contribuyentes puedan soportar mayores costos o gastos y/o IVA descontable con factura electrónica de venta con validación previa. Teniendo en cuenta que a partir del primero (1) de enero de 2021 el porcentaje a aplicar será de más del ochenta y cinco por ciento (85%).
- Sean personas asalariadas o devenguen honorarios por prestación de servicios, siempre que cumplan con los requisitos contenidos del literal A.
“Con este cambio, buscamos que más colombianos puedan beneficiarse de esta facilidad. Es importante que todos los contribuyentes tengan las mismas oportunidades de acceder a la devolución de sus saldos a favor”, expuso Vergara.
El proyecto de ley, autoría de la representante Vergara, fue respaldado por toda la bancada conservadora en el Congreso de la República.
Lo que propone la DIAN$>
Algunas de las alternativas que propone la DIAN para darle uso a los saldos a favor es que sirva pagar los impuestos de los años siguientes: esta es la opción que las personas suelen implementar comúnmente, ya que involucra menos trámites ante la DIAN.
Pero la iniciativa de Vergara también busca que estos saldos a favor sirvan como recursos para los ciudadanos que los requieren para suplir sus necesidades del presente. Lea también: Colombianos que ganen $30 millones anuales comenzarían a pagar renta
Actualmente, según la DIAN, los ciudadanos que afrontan el proceso de solicitar el saldo a favor es debido a que son sumas muy cuantiosas.