Recientemente el Juzgado 62 Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá negó la medida provisional que había solicitado el exalcalde de Medellín, Daniel Quintero.
Quintero pedía a través de la Tutela que se ordenara a la Registraduría Nacional del Estado Civil registrar de inmediato el comité promotor del grupo significativo de ciudadanos “Reset total contra el narco y los corruptos”, con el que busca recolectar firmas para respaldar una eventual candidatura presidencial. Lea: Daniel Quintero anuncia que inscribirá su candidatura por firmas
El juez Pedro Javier Díaz Salazar admitió el pasado jueves 29 de octubre la acción de tutela interpuesta por Quintero. No obstante, negó la medida provisional al considerar que no existen pruebas suficientes ni un perjuicio irremediable que justifique una decisión anticipada antes de escuchar a la entidad demandada.
Quintero ya había argumentado que, al contar con cerca de 50 días para recolectar las firmas exigidas para la inscripción de su candidatura, cada día sin la habilitación de su comité representaba “un perjuicio irremediable” a sus derechos políticos y a los de sus seguidores.
Por su lado, el juez sostuvo que esa situación no constituye un daño que no pueda ser reparado dentro del proceso de tutela.
El juzgado señaló que la medida solicitada implicaría, en la práctica, definir de manera anticipada el fondo del asunto, lo cual no corresponde a esta etapa procesal.

“No se advierte que, de lo narrado por la parte actora, junto con los anexos que acompañan su solicitud, se constituya una situación irremediable que no pueda ser subsanada a través del fallo de tutela”, indicó el juez.
La decisión también se basó en la falta de material probatorio suficiente y en la necesidad de contar con la respuesta de la Registraduría Nacional, entidad que deberá rendir un informe sobre los hechos señalados en la demanda dentro de los próximos dos días hábiles.
Finalmente, se requirió a la Registraduría, el juzgado también ordenó vincular al Consejo Nacional Electoral (CNE) para que emita un informe sobre los hechos expuestos por Quintero y contribuya a un análisis más completo del caso.
Con la negación de la medida provisional, el grupo “Reset total contra el narco y los corruptos” no podrá iniciar la recolección de firmas hasta que el juez emita un fallo de fondo.
La decisión se notificará personalmente tanto a la Registraduría como al accionante, y el despacho continuará con el trámite de la tutela conforme al Decreto 2591 de 1991.

