No importa en qué parte de Colombia te encuentres, tu deber y derecho como ciudadano es poner en conocimiento de las autoridades los delitos o acciones que van en contra de la ley.
Ante todo, ten en cuenta que para denunciar penalmente no necesitas de un abogado y que este servicio de la Fiscalía General de la Nación o de la Policía Nacional es gratuito.
Ya sea que seas víctima o testigo de un secuestro, homicidio, estafa, extorsión, falsificación de documentos, delitos informáticos, robo, agresión, asesinatos, explotación infantil, abuso sexual, maltrato animal o violencia de género, entre otros delitos graves, los puedes denunciar en línea en Colombia como tercera persona (aunque no estés implicados directamente) para que las autoridades se encarguen de la investigación.
Claro está, algunos delitos solo los podrás denunciar si eres la víctima y debes manifestarte a través de una querella (solicitud que hace el ofendido o agraviado para que se inicie la investigación) y no olvides que las falsas denuncias (artículo 69 de la Ley 906 de 2004) te acarrearían implicaciones penales. Lea además: Números de la Policía en Cartagena: ¡ten a mano estos teléfonos!
Delitos que no pueden ser denunciados por terceros en Colombia
Lesiones personales sin secuelas con incapacidad menor a 60 días
Parto o aborto sin intención
Omisión de socorro
Violación a la libertad religiosa
Violencia intrafamiliar
Inasistencia alimentaria
Alteración o suplantación de marcas de ganado
Los hurtos de menos de 150 salarios mínimos mensuales
Lesiones personales
La injuria y la calumnia Lea: Violencia sexual: dónde, cómo denunciar un abuso y obtener ayuda inmediata
Dónde y cómo denunciar delitos en línea en Colombia
Desde cualquier dispositivo móvil o computador puedes erradicar la denuncia a través del Sistema Nacional de Denuncia Virtual ‘A denunciar’.

Guía paso a paso para hacer una denuncia virtual ante la Policía o Fiscalía
Los pasos para denunciar delitos por internet son:
- Ingresa aquí al Sistema Nacional de Denuncia Virtual aquí.
- Selecciona la opción Denuncia Virtual, acepta los términos y condiciones y elige el delito que deseas denunciar, ya sea: informático; material con contenido de explotación sexual infantil; extorsión; falsedad en documentos y personal; estafa; maltrato animal o hurto.
- Cada ventana te brindará información detallada de cada delito a denunciar. Ingresa toda la información que te solicitan. Cada suceso es verificado y en el transcurso de las siguientes 24 horas te informarán mediante correo electrónico el Número Único de Noticia Criminal (NUNC).
- Cinco días hábiles después de haber recibido el NUNC te informarán por correo electrónico datos del caso como el fiscal a quien le corresponde la investigación, la dirección, el teléfono de contacto y el correo.
Tipos de delitos que puedes denunciar usando en la opción Denuncia Virtual
- Delitos informáticos: cuando los delincuentes mediante programas informáticos cometen delitos como implantación de virus, suplantación de sitios web, estafas, violación de derechos de autor, piratería, etc.
- Material con contenido de explotación sexual infantil: representación gráfica de niños, niñas y/o adolescentes con contenido erótico sexual en archivos multimedia, en tiempo real o simulada.
- Extorsión: requiere de 24 horas para su validación, si requieres atención inmediata, por favor comunícate a la línea gratuita 165, para que te atienda un investigador del Gaula de tu jurisdicción. Sucede cuando a través de la utilización de violencia y amenazas a una persona para realizar, tolerar u omitir un acto en contra de su voluntad, con la intención de generar provecho ilícito o beneficio económico para sí o para un tercero.
No se considera el delito de extorsión: Si te están obligando a realizar, tolerar u omitir alguna cosa sin que exista un interés económico, se trata del delito de constreñimiento ilegal. Si estás siendo atemorizado con la intención de causarle alarma, zozobra, terror o miedo, es el delito de amenaza. Si te están exigiendo la entrega de dinero o alguna cosa para liberar a alguien que se encuentra retenido en contra de su voluntad, es el delito de secuestro extorsivo. Si por medio de artimañas y engaños te realizan exigencias económicas induciéndolo y manteniéndole en el error, estarías frente al delito de estafa.
- Falsedad en documentos y personal: el incidente registrado se verificará dentro de las siguientes 24 horas, para determinar si los hechos relatados corresponden a un delito.
- Falsedad ideológica en documento público: el que falsifique documento público que pueda servir de prueba. Se entiende por falsedad ideológica la modificación de un documento ya existente. Este tipo de falsedad solo puede realizarla una persona en su calidad de servidor público.
- Falsedad material en documento público: el que falsifique documento público que pueda servir de prueba. Se entiende por falsedad material la creación o imitación total o parcial de un documento público. Cualquier persona puede incurrir en este delito. Si la misma persona que crea el documento es la que lo usa, se tipificará solo el delito de falsedad en documento público.
Falsedad en documento privado: el que falsifique documento privado que pueda servir de prueba. Se entiende por falsedad la modificación, alteración o elaboración integral del documento privado. Para que este delito se configure, el documento privado no solo debe haber sido falsificado sino también usado.
Uso de documento falso: el que sin haber concurrido a la falsificación hiciere uso de documento público falso que pueda servir de prueba. Se entiende por uso de documento falso la utilización del mismo con la intención de buscar un beneficio. Quien hace uso del documento no debe haber participado en su falsificación.
- Estafa: el incidente registrado se verificará dentro de las siguientes 24 horas, para determinar si los hechos relatados corresponden a un delito. El delito de estafa se establece cuando una persona, a través de engaño o artificios, obtiene beneficio sobre el patrimonio de otra persona o personas. En el delito de estafa la víctima NO es intimidada ni obligada sino llevada a cometer un error por medio del engaño. Si la persona SÍ es obligada o intimidada puede tratarse de Extorsión o Constreñimiento ilegal, según cada caso.
- Maltrato animal: el incidente registrado por ti se verificará dentro de las siguientes 24 horas, para determinar si lo relatado corresponde a un delito. El delito de estafa se establece cuando una persona, a través de engaño o artificios, obtiene beneficio sobre el patrimonio de otra persona o personas. En el delito de estafa la víctima NO es intimidada ni obligada sino llevada a cometer un error por medio del engaño. Si la persona SÍ es obligada o intimidada puede tratarse de Extorsión o Constreñimiento ilegal, según cada caso.
- Hurto a comercio, personas, residencias, ganado o abigeato, a fincas, a celulares, a entidades financieras, a bicicletas, a vehículos y de motocicletas y autopartes.
Si necesitas atención inmediata para la creación de tu denuncia, acércate personalmente a uno de los puntos de recepción de denuncias de la Policía Nacional o de la Fiscalía General de la Nación.
Si el delito no se encuentra descrito en los anteriores tipos penales, acércate al punto de recepción de denuncias más cercano. Ante todo recuerda que otra forma de presentar cualquier denuncia es presencial en las sedes de la Fiscalía General de la Nación en toda Colombia.
Otras opciones para denunciar delitos en la Fiscalía General de la Nación
Existen otros canales oficiales -virtual, telefónico y presencial- dispuestos por la Fiscalía para tal fin como:
1 Canal Virtual:
Botón Denuncia Fácil
El Botón Denuncia Fácil te permite reportar de manera virtual cualquier hecho delictivo de tipo penal desde cualquier lugar con conexión a Internet, sin necesidad de desplazarte a un punto de recepción de denuncias. Horario: de lunes a domingo, 24 horas, 365 días al año.
Botón Llamada virtual
El Botón Llamada Virtual te permite llamadar vía web al Centro de Contacto de la Fiscalía. El dispositivo debe estar conectado a Internet. Horario: de lunes a sábado de 6 a.m. a 10 p.m.
Videollamada en lengua de señas colombiana
Exclusivo para personas sordas o con hipoacusia. Horario: de lunes a sábado de 8 a.m. a 5 p.m.
Otros mecanismos virtuales: Código QR
Escaneando un código desde tu celular te permitirá ingresar aquí para denunciar, de lunes a domingo, 24 horas

2 Canal Telefónico:
Marcando gratis, desde teléfono fijo al 01 8000 9197 48 o desde celular al 122, las 24 horas de día, 365 días del año.
Líneas internacionales:
País: España
Número: 900995727
Cobertura: Fijo/Móvil
País: Chile
Número: 188 800 201 122
Cobertura: Fijo
País: México
Número: 0-1800 283 2122
Cobertura: Fijo/Móvil
País: Perú
Número: 0800 56 057
Cobertura: Fijo/Móvil
País: República Dominicana
Número: 01800 751 1122
Cobertura: Fijo
País: Japón
Número: 00531 490083
Cobertura: Fijo/Móvil
País: China
Número: 4008 427130
Cobertura: Fijo
País: Ecuador
Número: 01800 000 118
Cobertura: Fijo/Móvil
País: Argentina
Número: 0800 666 0122
Cobertura: Fijo/Móvil
País: Paraguay
Número: 009 800 57 20122
Cobertura: Fijo
País: Emiratos Árabes Unidos
Número: 8000 4910079
Cobertura: Fijo
País: Turquía
Número: 00800 142059122
Cobertura: Fijo
País: Puerto Rico /USA
Número: 1888 575 3122
Cobertura: Fijo/Móvil
3 Canal Escrito:
Radica las denuncias escritas en las Ventanillas Únicas de Correspondencia (VUC). Conoce las ubicaciones y horarios de atención de todas las VUC del departamento de Bolívar y el Atlántico:
Ventanillas Únicas de Correspondencia Bolívar, Cartagena
Calle 66 No. 4-86
605 6617415 Ext. 51095
Lunes a viernes de 08:00 a.m. – 12:00 p.m. y 1:00 p.m. – 5:00 p.m.
Ventanillas Únicas de Correspondencia VUC Atlántico, Barranquilla
Carrera 45 No. 33-10 Piso 1 Centro
605 3225499 Ext. 54603
Lunes a viernes de 08:00 a.m. – 12:00 p.m. y 2:00 p.m. – 6:00 p.m.
4 Canal Presencial:
Sedes físicas habilitadas para recibir denuncias de manera presencial:
-Centros de Atención de la Fiscalía –CAF y Puntos de Atención de la Fiscalía –PAF. Conozca la ubicación y horarios de atención de los PAF y CAF haciendo clic aquí.
-Casas de Justicia del Ministerio de Justicia y del Derecho donde hace presencia la Fiscalía General de la Nación.
-Grupos de Acción Unificada por la Libertad Personal – GAULA, en caso de secuestro y extorsión.
-Jornadas de atención a víctimas y ferias de servicio., en las que se habilite el servicio de recepción de denuncia
-Grupos de Flagrancias (Anteriormente conocidos como Unidades de Reacción Inmediata-URI).
-Estaciones de la Policía Nacional.
-Inspecciones de policía
También podrás agendar una cita en una de las salas de recepción de denuncias que cuentan con este servicio.
¿Qué es denuncia?:
Para la Fiscalía, es una manifestación de conocimiento mediante la cual una persona ofendida o no con la infracción, pone en conocimiento del órgano de investigación un hecho delictivo, con expresión detallada de las circunstancias de tiempo, modo y lugar que le consten.
¿Quién está exonerado del deber de denunciar?
Nadie está obligado a formular denuncia contra sí mismo, contra su cónyuge, compañero o compañera permanente o contra sus parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o civil, o segundo de afinidad, ni a denunciar cuando medie el secreto profesional. No aplica, cuando la víctima es un menor de edad y el delito afecta su vida, integridad personal, libertad física o formación sexual.
¿Cuáles son los requisitos de la denuncia?
Presentarla ante una autoridad competente de forma verbal o escrita o por cualquier medio técnico que permita la identificación del autor, dejando constancia del día y hora de su presentación.
Debe contener la relación clara y detallada de los hechos que conozca el denunciante, los cuales deben tener características de un delito y deben existir suficientes motivos y circunstancias que indiquen la posible existencia de este.
Hacerla bajo juramento.
El denunciante deberá manifestar, si le consta, que los mismos hechos ya han sido puestos en conocimiento de otro funcionario
¿Cuándo se considera que una denuncia es falsa?
Este delito penalizado se da por cualquiera de las siguientes situaciones:
Denunciar ante una autoridad un delito que nunca se cometió o que no ocurrió. Denunciar ante una autoridad a una persona como autor o partícipe de un delito que no ha cometido. Por haberse acusado a sí mismo de haber cometido o ser partícipe de un delito que nunca se llevó a cabo
¿Dónde denunciar?
A través de los canales oficiales divulgados en este artículo y dispuestos por la Fiscalía General de la Nación para tal fin.