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Sucesos

¿Legítima defensa? Tres casos donde los muertos son los atracadores

En diálogo con El Universal, un abogado penalista responde qué pasa con las personas que en defensa propia matan a los presuntos ladrones.

¿Legítima defensa? Tres casos donde los muertos son los atracadores

Carlos Noguera Pérez fue asesinado en La Providencia.

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Hernán Darío Tordecilla Ramos, Yamil Bonoli Gavín y Carlos Noguera Pérez fueron asesinados a bala en hechos aislados, pero en situaciones parecidas.

Hernán murió el 21 de septiembre en el corregimiento de Pasacaballos. Según la comunidad, con un arma de fuego habría intentado robar a personas que estaban en una chatarrería. ‘Yamilito’, como era conocido Bonoli Gavín, recibió las balas cuando supuestamente intimidaba con un arma a un ciudadano para despojarlo de sus pertenencias en el barrio Santa Mónica. Ocurrió el 22 de agosto en la tarde.

Y Noguera Pérez, alias ‘el Coco’, murió cuando habría intentado hurtarle una cadena de oro a un hombre en La Providencia, a la 1 p. m. del 11 de agosto.

¿Legítima defensa?

Los asesinatos de los tres sujetos se dieron a manos de sus presuntas víctimas o de los testigos de los supuestos hurtos.

¿Quién responde entonces por esas muertes? ¿Cómo la justicia colombiana afronta los casos, en los que se presume legítima defensa? ¿Qué pasa con los que dispararon un arma y mataron a los presuntos atracadores? El Universal consultó con el abogado penalista Enrique Del Río sobre estos hechos. Lea aquí: ‘El Coco’, el presunto atracador muerto en La Providencia

“La legítima defensa -dice el especialista- es una causal de ausencia de responsabilidad penal, y quien actúa dentro de ese contexto no comete delito, a pesar de que se vea enfrentado al proceso donde se constata si se cumplen con los requisitos de esta eximente”.

Necesidad de defender un derecho propio o ajeno, agresión injusta y réplica inmediata son los tres requisitos de los que habla el abogado.

Si las personas que dispararon y mataron a Hernán, a ‘el Coco’ y a ‘Yamilito’ cumplieron con esas tres premisas no tendrán que responder por el delito de homicidio.

Del Río aclaró que en cada situación específica se debe precisar que se obró de manera proporcional al ataque. Es decir, que si la acción de defensa se realizó con un arma de fuego, debió ser porque el agresor tenía también un arma de fuego.

Linchamientos

La historia, sin embargo, es distinta cuando en el accionar utilizaron un arma que no cuenta con los documentos legales necesarios para tenerla. “Si alguien para defender su derecho, ante un asaltante, utiliza un arma ilegal causándole la muerte, no responde por el homicidio, pero sí por el porte ilegal de armas”, aseguró el abogado, que también habló de los casos en que ciudadanos participan en golpizas a presuntos atracadores, como ocurrió el 22 de septiembre en El Campestre, donde con palos, patadas y puños atacaron a un hombre que habría intentado robar a una mujer. Le interesa: [Video] Golpiza a ladrón y queman su moto en El Campestre

“No se puede permitir la justicia a propia mano, esa práctica es ilegal. Quien lesiona o mata al presunto delincuente, de ser individualizado, debe responder penalmente por lesiones dolosas u homicidio”.

La pregunta que queda, entonces, es ¿por qué los casos en los que se presume legítima defensa han aumentado en los últimos meses? La ciudadanía dice estar cansada de la creciente inseguridad que se vive en Cartagena, que ha dejado muertos o gravemente heridos a los presuntos ladrones.

Hernán Tordecilla quedó tendido en el suelo luego de recibir los balazos, en Pasacaballos.
Hernán Tordecilla quedó tendido en el suelo luego de recibir los balazos, en Pasacaballos.
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