


Acceso abusivo a un sistema informático y violación de datos personales con circunstancias de agravación. Por esos delitos, el juez 12 Penal Municipal de Cartagena con funciones de Control de Garantías cobijó con medida de aseguramiento a dos rumanos y un colombiano señalados de conformar una banda dedicada presuntamente a la clonación de tarjetas de créditos y débito en Bolívar y Atlántico.
La investigación contra esa red criminal comenzó el pasado 23 de julio, cuando un testigo le contó a la Policía y a la Fiscalía que en un apartamento de un edificio en el Centro Histórico de Cartagena había como especie de un centro de operaciones para clonar tarjetas de entidades financieras nacionales e internacionales.
Los agentes de Policía Judicial adelantaron las investigaciones y capturaron en flagrancia a los tres hombres en un apartamento de un lujoso edificio en Bocagrande.
Una orden de allanamiento y registro ejecutada el 25 de julio le permitió a las autoridades de incautarse de 47 tarjetas entre débito y crédito, mucha de ellas al parecer falsas; dos computadores, una memoria USB, un CD y varias libretas con manuscritos.
Los capturados son Sorin Cretu, Ionel Baluta y Luis Alberto Salazar Espinel, “quienes estarían implicados en los delitos de acceso abusivo a un sistema informático y violación de datos personales con circunstancias de agravación, y quienes vendrían afectando la seguridad ciudadana en los departamentos de Bolívar y Atlántico”, dice la Fiscalía en un reporte oficial.
En la audiencia de imposición de medida de aseguramiento, el juez le dio detención domiciliaria a Ionel Baluta y Luis Alberto Salazar Espinal, y ordenó el traslado de Sorin Cretu a la Cárcel Distrital El Bosque, en Barranquilla. Esta última decisión fue apelación por la defensa de Cretu.
Según el Código Penal colombiano, el que sin autorización o por fuera de lo acordado, acceda en todo o en parte a un sistema informático protegido o no con una medida de seguridad, o se mantenga dentro del mismo en contra de la voluntad de quien tenga el legítimo derecho a excluirlo, incurrirá en pena de prisión de cuarenta y ocho (48) a noventa y seis (96) meses y en multa de 100 a 1000 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
Así mismo, el que sin estar facultado para ello, con provecho propio o de un tercero, obtenga, compile, sustraiga, ofrezca, venda, intercambie, envíe, compre, intercepte, divulgue, modifique o emplee códigos personales, datos personales contenidos en ficheros, archivos, bases de datos o medios semejantes, incurrirá en pena de prisión de cuarenta y ocho (48) a noventa y seis (96) meses y en multa de 100 a 1000 salarios mínimos legales mensuales vigentes.