Los parqueaderos ya no tendrán justificación para poner el aviso “no nos hacemos responsables por robo o daño total o parcial de su vehículo” y tendrán que responderles a los clientes.
Tampoco habrá lugar para la letra diminuta en los contratos que terminan siendo el karma de los consumidores a la hora de querer finalizar un contrato. Y la devolución de un artículo adquirido en un supermercado ya no será un calvario lleno de trabas, pues el cliente tendrá un plazo de cinco días hábiles para desistir de la compra.
Estas son algunas de las bondades que trae el nuevo Estatuto del Consumidor. La norma comenzó regir desde ayer y reemplaza la obsoleta ley creada hace 30 años para proteger a compradores de los abusos de algunos productores y establecimientos comerciales.
Pero junto a más derechos, también hay más deberes y unos procedimientos claros de reclamación para los consumidores. Por eso le recomendamos consultar la cartilla didáctica que la Superintendencia de Industria y Comercio tiene en su página (www.sic.gov.co).
Hay garantía
En varios establecimientos comerciales salen a promoción electrodomésticos en que su menor precio parece ser compensado con ausencia de garantía. Pero eso llegó a su fin. Con el nuevo Estatuto del Consumidor todo artículo nuevo tendrá garantía, sin excepción, y empieza a correr a partir del momento en que se entrega el producto. Si no se dice el tiempo de garantía, será de un año.
Financiación
El Estatuto determinó que el número de cuotas para pagar un crédito de consumo debe ser pactado de común acuerdo con el consumidor, sin que exista un mínimo. Es más, cuando compre a plazos, en cualquier momento de la vigencia del contrato podrá pagar anticipadamente de forma total o parcial el saldo pendiente de pago, sin que en ningún caso pueda exigirse intere-ses no causados ni sanciones económicas.
Sin costo
El nuevo Estatuto del Consumidor es claro en la aplicación del llamado derecho de retracto, con lo que pone fin a las conocidas ventas inducidas o emocionales.
Para ejercer este derecho, el comprador tendrá cinco días hábiles, contados a partir de la fecha de la entrega del bien o de suscrito el contrato de servicios.
El parqueo
Al usar un parqueadero revise que en el recibo no solo se mencione el valor del servicio y fecha y hora de la recepción del vehículo, sino su identificación y estado en que se encuentra.
Esto será clave para reclamar cualquier daño, ya que el nuevo Estatuto del Consumidor estipula que el proveedor asume la custodia del bien.
Incumplimiento
Antes de presentar una demanda por incumplimiento de una garantía ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), se debe agotar la reclamación directa ante el productor o proveedor del bien o servicio. Éste dispone de 15 días hábiles desde el momento en que recibe la reclamación para darle una respuesta al consumidor.