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Salud

¿Su empleada doméstica contrajo COVID?

Para empleados a tiempo completo (por los cuales se aporta en salud) durante el periodo de incapacidad se le debe pagar el sueldo.

¿Su empleada doméstica contrajo COVID?
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Si una empleada doméstica o niñera presenta síntomas o estuvo en contacto con alguna persona positiva y está correctamente afiliada a la seguridad social, el empleador debe comunicarse a los números de información sobre el Covid-19 en su ciudad y a su EPS de forma que pueda realizarse una prueba.

Si la prueba es positiva, la EPS y el profesional médico, indicarán si la empleada doméstica debe iniciar un tratamiento para mejorar su condición de salud y/o empezar un aislamiento dentro de casa. El médico entregará la incapacidad al empleado por el tiempo que sea necesario mientras mejora su estado de salud. Como empleador debes notificar a la ARL la enfermedad de tu trabajador.

Para empleados a tiempo completo (por los cuales se aporta en salud) durante el periodo de incapacidad se le debe pagar el sueldo. El empleador debe hacerlo y posteriormente podrá recobrar ese dinero a través de la EPS.

Cabe recordar que la EPS paga el valor del salario no sobre el 100% de lo reportado, sino sobre el 66.67%. Es a discreción del empleador si desea asumir el faltante para entregarle al empleado la totalidad del salario.

¿Qué puede pasar en términos jurídicos si su trabajador doméstico se contagia de Covid-19 y no está afiliado a su seguridad social?

La empleada podría tomar acciones legales, ya que se le están negando sus derechos fundamentales como trabajador. “Esto quiere decir que procederá una demanda laboral al empleador alegando no estar recibiendo cobertura de seguridad social como indica la ley” Indica Salua García Fakih, de Symplifica.

Adicionalmente, las entidades podrían imponer multas y cobros moratorios al empleador por estar evadiendo su responsabilidad cómo empleador.

Además del costo que puede tener contratar un abogado para afrontar un lío legal, esto también acarrea tiempo que debe invertirse en resolver la controversia. Según el Código Sustantivo del Trabajo y la Ley 1788 de 2016, la empleada doméstica tiene derecho a recibir prestaciones sociales o de lo contrario, una demanda ante el Ministerio de Trabajo te podría acarrear una sanción hasta de 100 SMLV.

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