El Juzgado Segundo de Familia ordenó la entrega inmediata de los resultados de las pruebas COVID-19, realizadas a la población de la Estación de Plenitud El Socorro de Sincelejo, tras conceder la medida cautelar a favor del ancianato, exigida por el personero Jesús Valverde.
Ahora, gracias a la acción de tutela interpuesta por Valverde, a causa del efecto tardío que supuestamente se viene presentando con la entrega de resultados de las pruebas practicadas por varias EPS, el ancianato se convirtió en un caso prioritario.
Valverde había presentado una acción de tutela contra la Secretaría de Salud Departamental de Sucre y ocho entidades promotoras de salud, solicitando que de manera inmediata se tramitara la entrega de los resultados a los adultos mayores.
El personero consideró que los derechos fundamentales a la vida, salud y dignidad de los adultos mayores estaban en riesgo y por eso hizo uso del mencionado recurso, obteniendo este miércoles un fallo a favor.
En consecuencia, los funcionarios requeridos fueron notificados de la decisión que les ordena entregar en breve dichos resultados, para la cual tienen el término de 48 horas para hacer llegar la información solicitada.
“Este tipo de situaciones no se pueden seguir presentando en el municipio, mucho menos cuando se trata de adultos mayores, en pleno pico de la pandemia por COVID-19. Las entidades promotoras de salud son irresponsables”, manifestó el personero.
Las entidades promotoras de salud tuteladas fueron Asociación Mutual Barrios Unidos de Quibdó, Nueva EPS, Coosalud, Mutual Ser, Comparta, Cajacopi, Comfasucre y Salud Total, así como la Secretaría de Salud Departamental de Sucre.
El fallecimiento de tres de los adultos mayores del ancianato de Sincelejo fue lo que encendió las alertas de la Personería, por eso esta presentó acción de tutela con solicitud de medida cautelar.