La Contraloría Delegada Intersectorial 9 de la Unidad de Investigaciones Especiales Contra la Corrupción, archivó con beneficio el proceso ordinario de responsabilidad fiscal contra el alcalde de Sincelejo, Andrés Eduardo Gómez Martínez y ordenó el levantamiento de las medidas cautelares decretadas, como fue la suspensión del cargo.
La Contraloría Delegada tuvo en consideración, el artículo 47 de la Ley 610 de 2000, “habrá lugar a proferir auto de archivo cuando se pruebe que el hecho no existió, que no es constitutivo de detrimento patrimonial o no comporta el ejercicio de gestión fiscal, se acredite el resarcimiento pleno del perjuicio o la operancia de una causal excluyente de responsabilidad, o se demuestre que la acción no podía iniciarse o proseguirse por haber operado la caducidad o la prescripción de la misma”. (Lea aquí: Alcalde de Sincelejo acata decisión y dice que actuó con transparencia)
Según el ente de control, el proceso de responsabilidad fiscal se abrió el día 5 de mayo de 2020 y con posterioridad a dicha apertura el día 22 de mayo, el municipio realizó la liquidación unilateral de los contratos 003 y 004 acogiendo como precio de referencia para efectuar la liquidación, los precios de referencia establecidos por el DANE, lo que permitió la recuperación total del daño por sobrecostos endilgado en esta causa fiscal.
El auto 397 de la Contraloría General de la República (CGR) cobija también a las siguientes personas naturales y jurídicas: Leonardo Beltrán Pinto, María Teresa Vergara Merlano, Surtiviveres Comercializadora y distribuidora S.A.S, Abastos y Fruver El Paraíso S.A.S.
En segundo orden desvincula de la causa fiscal a las aseguradoras Seguro del Estado y Suramericana.
La Contraloría General de la República aplicando el principio de verdad sabida y buena fe guardada, el 22 de mayo anterior había suspendido del cargo al alcalde de Sincelejo, Andrés Eduardo Gómez Martínez y le abrió proceso de responsabilidad fiscal en cuantía de $1.051.748.446 como consecuencia del presunto daño al patrimonio del municipio de Sincelejo derivado de sobreprecios y la entrega incompleta de algunos elementos que conformaban los 26.666 kits que debían ser entregados a población vulnerable a través de los contratos 003 de 2020 y 004 de 2020.
Estos contratos tenían por objeto entregar kits de alimentos no perecederos a la población vulnerable para contrarrestar los efectos económicos que generó la cuarentena declarada por el Gobierno nacional para evitar la propagación del virus COVID-19.