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Regional

En Sincelejo opera Comité Municipal de Justicia Transicional

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El Comité Municipal de Justicia Transicional, creado mediante Decreto 209 de 2012 por la Administración de Sincelejo, teniendo en cuenta la Ley de Víctimas y Restitución de Tierras (Ley 1448 de 2011), comenzó a operar en la capital sucreña.
Mediante este se implementan mecanismos y herramientas para brindar asistencia, atención y reparación integral a las víctimas del conflicto armado.
El Comité de Justicia Transicional lo preside el Alcalde y lo conforman además, los Secretarios del Interior y Convivencia Ciudadana, Planeación, Salud y Educación, así como los Comandantes de la Estación de Policía de Sincelejo y Primera Brigada de Infantería ce Marina; Directores del ICBF y Sena, Procurador Provincial, Personero Municipal, representantes de la Mesa Municipal de Participación de Víctimas y un Delegado de la Unidad Administrativa Especial de Atención y Reparación Integral a las Víctimas.
Según Omar Sánchez Márquez, enlace municipal del Comité de Justicia Transicional, el objetivo es empezar a trabajar en la política pública sobre atención a víctimas de la violencia y dar cumplimiento a la Ley 1448 de 2012.
“Los compromisos principales es fijar las metas del Comité en la elaboración del plan de acción para los próximos 4 años y para eso nos volveremos a reunir el próximo 13 de abril de 2012”, explicó.
Sánchez Márquez informó que en Sincelejo hay alrededor de 86 mil personas víctimas de la violencia, pero en el nuevo censo o caracterización que se ha propuesto, se conocerá la cifra real.
Por su parte Jacobo Quessep, personero Municipal dijo que Sincelejo es uno de los primeros municipios que instala el Comité de Justicia Transicional y lo primero que se hará es revisar minuciosamente del Plan Integral Único y con  base en esto tener un capital inicial para generar observaciones y aportes que generen el desarrollo de la Ley de Víctimas.
Entre las funciones del Comité están: institucionalizarlo junto a las otras instancias de coordinación encargadas del diseño, planificación, toma de decisiones y evaluación de la política de atención a víctimas, para lograr la prevención, atención, asistencia y reparación integral de las mismas.
Servirá también de instancia de articulación para la elaborar planes de acción con los objetivos y metas de los planes de desarrollo territorial en cumplimiento de la Ley 1448 de 2011; coordinará las acciones con las entidades que conforman el Sistema Nacional de Atención y Reparación a las Víctimas a nivel territorial; articulará la oferta institucional para garantizar los derechos de las víctimas a la verdad, justicia y reparación integral, y materializará garantías de no repetición.
De acuerdo a lo dispuesto en el Decreto 209 de 2012, el Comité de Justicia Transicional Municipal se reunirá de manera ordinaria cada dos meses y cada 4 meses para realizar una evaluación del proceso de implementación de planes de acción en atención y reparación integral a víctimas, y presentará al Comité Departamental para su evaluación, las necesidades, avances y dificultades de articulación entre entidades estatales.

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