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Política

MOE frena aspiraciones presidenciales de Daniel Quintero: esta es la razón

Alejandra Barrios, directora de la Misión de Observación Electoral (MOE) habló de la situación que enfrenta Daniel Quintero de cara a su precandidatura a la Presidencia.

MOE frena aspiraciones presidenciales de Daniel Quintero: esta es la razón

El candidato presidencial Daniel Quintero. // Foto: archivo El Universal

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Alejandra Barrios, directora de la Misión de Observación Electoral (MOE), lanzó una dura advirtencia al exalcalde de Medellín, Daniel Quintero, quien podría quedar inhabilitado para aspirar a la Presidencia de la República en 2026.

En medio de una entrevista con Blu Radio, su reciente retiro de la consulta interna del Pacto Histórico no elimina las implicaciones jurídicas derivadas de su inscripción oficial como precandidato presidencial.

De acuerdo con Barrios, el acto de haberse inscrito en una consulta avalada por tres organizaciones políticas —el Polo Democrático Alternativo, la Unión Patriótica (UP) y el Partido Comunista Colombiano— tiene efectos legales que no se desvanecen con una renuncia posterior. Lea: Daniel Quintero se baja de la consulta del Pacto Histórico: esto se sabe

La explicación de la directora de la MOE sobre la posibilidad de inhabilidad de Daniel Quintero

La experta recordó que la Ley 1475 de 2011 es clara en señalar que los resultados y efectos de las consultas son de obligatorio cumplimiento para quienes participan en ellas.

“Si la autoridad electoral aplica la ley, Daniel Quintero no podría inscribirse por ninguna otra organización política en las elecciones de 2026, pues ya figura como precandidato en una consulta formalmente registrada”, señaló Barrios. Aclaró, no obstante, que la decisión final recaerá sobre el Consejo Nacional Electoral (CNE), aunque insistió en que el marco jurídico es inequívoco.

La directora de la MOE indicó que la Ley 1475 busca evitar que los aspirantes utilicen las consultas partidistas como una maniobra coyuntural. El artículo 7 de dicha norma establece que quienes se inscriban como precandidatos deben acatar los resultados de la consulta, incluso si se retiran antes de su realización. Esto, dijo Barrios, pretende garantizar el respeto por los procesos internos y fortalecer la credibilidad de los partidos políticos.

“Un candidato no puede participar en una consulta y luego cambiar de organización porque perdió o decidió retirarse. La ley lo obliga a mantener coherencia y a respetar los resultados”, le enfatizó Barrios a Blu Radio. Para la MOE, esta disposición es clave para asegurar la estabilidad del sistema electoral y evitar la fragmentación de los movimientos políticos. Lea también: Centro Democrático define fecha para elegir a su candidato presidencial

En el caso del Pacto Histórico, la consulta programada para finales de octubre fue inscrita oficialmente ante el CNE con tres precandidatos: Daniel Quintero, Iván Cepeda y Carolina Corcho. Aunque el exalcalde de Medellín anunció su retiro, la MOE precisó que el proceso administrativo ya se encontraba cerrado cuando se imprimieron los tarjetones y se definieron las mesas de votación.

Barrios explicó que la inscripción de Quintero quedó en firme tras cumplirse los plazos legales y los procedimientos de validación. “Legítimamente un candidato puede retirarse, pero eso no significa que no deba cumplir las reglas del proceso en el que se inscribió”, señaló. En otras palabras, aunque su renuncia haya sido pública, su nombre continuará en los tarjetones electorales y el resultado tendrá efectos jurídicos vinculantes.

La consecuencia directa, según la MOE, sería la imposibilidad de que Quintero participe en futuras contiendas presidenciales mediante otro aval partidista o por la vía de firmas ciudadanas. El marco legal, explicó Barrios, busca evitar que los precandidatos se beneficien de la exposición de una consulta para luego trasladarse a otro movimiento político.

Consultada sobre la validez del proceso del Pacto Histórico, Barrios aclaró que la consulta conserva plena legitimidad, pese a que la coalición perdió su personería jurídica temporal. El aval proviene de tres partidos con reconocimiento vigente: el Polo Democrático, la UP y el Partido Comunista Colombiano.

“Las tres organizaciones políticas tienen personería y son quienes formalmente inscribieron a los precandidatos bajo la figura del Pacto Histórico. Por tanto, el proceso es completamente válido ante la autoridad electoral”, concluyó la directora de la MOE, dejando en claro que el retiro de Quintero no lo exime de las consecuencias legales de su inscripción.

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