El presidente Gustavo Petro firmó ayer el decreto que convoca a la consulta popular. Además, anunciaron que este documento ya fue enviado a la Corte Constitucional.
Cabe recordar que la consulta popular le preguntará a los colombianos sobre temas clave relacionados con la salud y el trabajo. Lea también: Gustavo Petro convoca la consulta popular por decreto
En su comunicado, publicado en la red social X, el presidente se mostró dispuesto a derogar el decreto con una condición: el Senado debería dejar los artículos tal cual fueron aprobados en la Cámara de Representantes.
“Solo se derogará antes de las urnas si los puntos que se le preguntan al pueblo para que exprese su orden constituyente, sean respondidos positivamente por el Congreso, poder constituido legítimo para discutir leyes”, se lee en el texto escrito por Petro.

Sobre el decreto de la consulta popular
Abraham Bechara Llanos, abogado constitucionalista, el decreto firmado es “inconstitucional e ilegal”. “Es una ruptura al orden institucional vigente del Estado colombiano y hace una interpretación errónea y equivoca de los principios fundamentales de la Constitución y de sus garantías jurisdiccionales. Desconoce los precedentes vinculantes tanto del Consejo de Estado, como los de la Corte Constitucional sobre la materia de cómo configurar el procedimiento constitucional de la consulta popular en Colombia, taxativamente expresada en el artículo 104. Superior”, indicó.
Y agregó: “El señor presidente justifica su decisión en una interpretación muy frágil que hace el ministro de Justicia, Eduardo Montealegre, desvirtuando totalmente los parámetros del principio constitucional de proporcionalidad y el juicio de ponderación”.
Para Wilson Toncel, abogado cartagenero y quien fue docente universitario y conjuez del Consejo de Estado, comentó que “si el Senado procedió de manera indebida al decir ‘no’, o al pronunciarse en forma expresa o tácita en relación con la consulta, lo cual es una decisión que es de control de la jurisdicción”.
“Él dice: ‘Yo aplico la excepción de inconstitucionalidad.’ Eso, en realidad, es un procedimiento válido, pero la excepción de inconstitucionalidad es en relación con normas que sean abiertamente contrarias a la Constitución Política o a las leyes. Aplicar esta excepción tiene sus riesgos”, argumentó Toncel.
El jurista comentó que el trabajo final es de la Corte. “Debemos entender que nosotros tenemos una democracia donde, indudablemente, el poder emana de la soberanía del pueblo. Hay tres ramas del poder público que se autocontrolan entre sí. Si se desconoce el poder de la rama judicial o el poder de la rama legislativa, podríamos estar en presencia de una autocracia, que no es lo que establece la Constitución Política", señaló.
María Lucia Jaimes, analista política, resaltó que “la firma del decreto sin tener en cuenta las concertaciones que se están llevando a cabo en el congreso es desconocer el trabajo del legislativo que se ha hecho por tratar de sacar adelante una ley que recoja las visiones de las diferentes fuerzas políticas”.
Manifestó que “el decreto desconoce en su artículo 1 la votación que se realizó en la plenaria del Senado”. “Existen argumentos de ambos lados para considerar que el trámite fue correcto o no. Sin embargo, hay que esperar el análisis de la Corte para determinar si se van a convocar o no a las urnas el próximo 7 de agosto. Cualquier duda legal va a depender de la decisión que se tome allí, mientras tanto, los comités deben registrarse para hacer la campaña”, enfatizó Jaimes.

Consulta popular o reforma laboral
María José Pizarro, senadora y precandidata presidencial del Pacto Histórico, reiteró que la consulta popular se podría derogar si el Senado aprueba la reforma laboral “que beneficie al pueblo trabajador colombiano”.
“Hay 12 puntos que estaban en la consulta, que tienen el apoyo mayoritario de la sociedad colombiana, que se ha expresado en las calles, pero también en las encuestas. Las encuestas han dicho que sí están de acuerdo con los puntos que estaban allí relacionados”, indicó Pizarro.
Contó que habría propuesto una conversación con varios senadores, pero señaló que “no hay voluntad”. “Y ante eso, pues, tenemos que irnos al voto en plenaria, y la plenaria definirá y tendrá que decirle a los colombianos si aprueba una reforma recortada o si aprueba una reforma que beneficie a los trabajadores y a las trabajadoras de este país”, alegó la senadora.
“En este país necesitamos superar la inequidad, que es el foco de la violencia”.
María José Pizarro, senadora y precandidata presidencial del Pacto Histórico.
Por otro parte, el ministro del Interior, Armando Benedetti, explicó la razón por la que el presidente Petro firmó el decreto y no esperó hasta que se llegara a un acuerdo en el Senado.
“La ley da plazo hasta las 12 de la noche, entonces, para no quedarnos sin esa posibilidad, lo hicimos. Va con la insinuación de que hay una derogatoria. Esa derogatoria abre un espacio para el diálogo”, señaló tras la firma del documento.
Y concluyó que el presidente “confía en el Senado y en los acuerdos a los que se puedan llegar por restaurar los derechos laborales de la clase trabajadora”. Le puede interesar: ¿Es legal el decreto de Petro sobre la consulta popular? Expertos responden