El Ministerio del Trabajo publicó este lunes en su página web el borrador del decreto que reglamenta parcialmente la Reforma Pensional y define la estructura del Sistema de Protección Social Integral para la Vejez, Invalidez y Muerte de origen común.
Este sistema, que entrará en vigor el 1 de julio de 2025, estará conformado por cuatro pilares: solidario, semicontributivo, contributivo y de ahorro individual voluntario.
El documento está disponible en la página web del Ministerio del Trabajo, donde la ciudadanía podrá presentar observaciones o comentarios hasta el 3 de marzo de 2025. Este proceso busca recoger aportes de distintos sectores para su ajuste y socialización antes de su implementación.
Participación en la reglamentación de la Reforma Pensional
La ministra del Trabajo, Gloria Inés Ramírez Ríos, afirmó que la reglamentación de la reforma es una realidad y destacó la participación de diversos actores en su construcción.
El proceso ha sido liderado por los ministerios de Trabajo, Hacienda y Salud, en conjunto con Colpensiones, el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social (DPS), la Unidad de Reglamentación Fiscal (URF), la Superintendencia Financiera y la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales (UGPP). La normativa es el resultado de acuerdos alcanzados en las Mesas Técnicas. Puede leer: Cámara de Representantes avala conmoción interior con observaciones
Aspectos clave del borrador del decreto de la Reforma Pensional
El documento establece las condiciones de la Renta Básica Solidaria, administrada por el DPS, y la Renta Vitalicia del Pilar Semicontributivo, a cargo de Colpensiones. Estos mecanismos permitirán a los ciudadanos conocer el monto de sus beneficios y el proceso de liquidación.
Asimismo, define las reglas para la afiliación al sistema y la selección de la Administradora del Componente Complementario de Ahorro Individual (ACCAI), además de los tiempos computables para el reconocimiento de las pensiones. En caso de incumplimiento de aportes por parte del empleador, la responsabilidad de cobro recaerá en las ACCAI y Colpensiones.
Dentro del Pilar Contributivo, el borrador del decreto contempla el Bono Ley 2381, con el que Colpensiones financiará las pensiones, y el sistema de equivalencias, que permitirá a los afiliados completar las semanas de cotización requeridas. También se incluyen disposiciones generales sobre el Fondo de Ahorro del Pilar Contributivo, cuyo objetivo es fortalecer el ahorro colectivo y garantizar la sostenibilidad del sistema.
Reducción de semanas y prestación anticipada de vejez
El decreto contempla la reducción progresiva del número de semanas exigidas para la pensión integral de vejez de las mujeres afiliadas al sistema.
Además, establece las condiciones para acceder a la prestación anticipada de vejez, dirigida a quienes, al llegar a la edad de jubilación, hayan completado al menos 1.000 semanas de cotización. La fórmula de liquidación de esta prestación no podrá ser inferior a un salario mínimo legal vigente.
Seguro previsional y reducción de comisiones

Se fijan los lineamientos para el seguro previsional, que cubrirá riesgos de invalidez, muerte e incapacidades temporales dentro del Componente de Prima Media, en cumplimiento de la Ley 2381 de 2024. La contratación de este seguro se realizará bajo la modalidad de aviso.
En cuanto a las comisiones, se establece una reducción progresiva sobre la comisión de los aportes en el componente de ahorro individual, comenzando en 0.8% en 2025 y llegando a 0% en un periodo de 20 años.
Para quienes se trasladen del Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (RAIS) al nuevo sistema, se aplicará una comisión inicial del 0.55%, con incrementos escalonados del 0.05% cada cinco años, lo que permitirá una reducción cercana al 50% en los próximos 15 años.
El borrador del decreto establece los lineamientos para la implementación de la Reforma Pensional y su contenido estará sujeto a revisión y ajustes según las observaciones recibidas durante el proceso de socialización.