El Consejo de Estado ha definido siete reglas clave para la revisión de las sanciones disciplinarias impuestas por la Procuraduría General de la Nación a funcionarios públicos. Esta sentencia, recientemente divulgada, unifica los criterios del alto tribunal con los de la Corte Constitucional y tiene como objetivo garantizar un debido proceso para los servidores públicos de elección popular.

Estas son las reglas definidas por el Consejo de Estado
- El recurso de revisión solo procederá cuando las decisiones impugnadas provengan de una doble conformidad y cuando la decisión afecte la permanencia de un funcionario en su cargo.
- La ejecución de las sanciones será suspendida hasta que se resuelva el recurso de revisión, evitando que se impongan medidas punitivas antes de una sentencia definitiva.
- El funcionario sancionado tendrá un plazo de 30 días para presentar sus descargos, defenderse y solicitar la práctica de pruebas. Durante este proceso, podrá actuar personalmente o a través de un apoderado, asegurando su derecho a un debido proceso. Puede leer: Gustavo Petro lanza fuerte crítica al CNE tras la renuncia de Lorduy
- El procedimiento judicial comenzará con un auto de conocimiento, que debe ser notificado tanto a la Procuraduría como al sancionado. En un plazo de cinco días, la Procuraduría podrá responder a los argumentos presentados por el funcionario.
- Las sentencias que ratifiquen las sanciones impuestas podrán ser objeto de un recurso de doble conformidad, según lo estipulado por el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA).
- El recurso de doble conformidad será resuelto por la Sala Especial de Decisión correspondiente, siguiendo el orden numérico, lo que asegura imparcialidad en el proceso.
- El juez contencioso administrativo será responsable de evaluar de manera integral la constitucionalidad, legalidad y convencionalidad de las sanciones impuestas, garantizando que se ajusten a los principios del Estado de Derecho.
La decisión reciente, adoptada por la Sala Plena del Consejo de Estado, fue respaldada por 20 votos. De estos, 7 magistrados apoyaron plenamente el fallo, 9 formularon aclaraciones y 4 salvaron su voto. Algunos magistrados también se declararon impedidos.