El Decreto 1961 de 2023, expedido por el presidente de la República, Gustavo Petro, que buscaba crear el Instituto Nacional de Vías Regionales (INVIR), fue declarado inconstitucional por la Corte Constitucional.

Este artículo le permitiría al presidente contratar la construcción y mejoras de vías terciarias con comunidades indígenas, campesinas, acciones comunales y comunidades vulnerables de Colombia. La Corte determinó que el mandatario se extralimitó, de acuerdo con el artículo 368 del Plan Nacional de Desarrollo (PND), acerca de la construcción de vías regionales con las comunidades.
La decisión de la Corte se da luego de estudiar dos demandas que existían contra ese decreto. Para el tribunal, la orden del presidente cambiaba el régimen de la contratación estatal al modificarlo en asuntos que le daban capacidad jurídica para contratar con el Estado a organizaciones sociales. Le puede interesar: Consejo de Estado admite tutela contra Petro por caso Pegasus
La intención del presidente Petro es volver a las Juntas de Acción Comunal en gestoras de obras millonarias de gran impacto en las comunidades, como parte de su apuesta por la economía popular. La decisión de la Corte deja sin piso constitucional la promesa del mandatario de que los comunales contratarían directamente con el Estado.