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Política

Exmagistrado del Tribunal Superior de Cartagena será condenado

La Corte Suprema de Justicia emitió el sentido del fallo en el proceso que cursa contra el exmagistrado Taylor Ivaldi Londoño Herrera.

Exmagistrado del Tribunal Superior de Cartagena será condenado

Sede del Tribunal Superior de Cartagena. // Archivo

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En una audiencia llevada a cabo el pasado jueves 3 de octubre, la Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia emitió el sentido del fallo en el proceso que cursaba desde hace varios años contra el exmagistrado del Tribunal Superior de Cartagena, Taylor Ivaldi Londoño Herrera, quien era investigado por los delitos de prevaricato por acción, prevaricato por omisión y falsedad ideológica en documento público.

El caso se remonta al 2015, cuando Londoño Herrera habría ordenado cancelar, de forma irregular, una orden de captura contra el exoficial del Ejército Alexander Moreno Carvajal, quien fue condenado por el caso de los falsos positivos. Le puede interesar: Magistrado de Bolívar habría favorecido a exoficial del ejército condenado

Según expuso la Fiscalía, el exmagistrado habría manipulado el reparto para atender el caso de Moreno Carvajal y tomar decisiones contrarias a la ley que permitieran dejarlo en libertad.

Por este motivo, la Corte Suprema de Justicia tomó la decisión de condenar a Londoño Herrera por el delito de prevaricato por acción. Sin embargo, lo absolvió del cargo de falsedad ideológica en documento público, mientras que el delito de prevaricato por omisión prescribió. Lea: Cartageneros realizan plantón en contra de la “corrupción” en la Rama Judicial

Ahora, se está a la expectativa de que se fije una nueva audiencia para conocer el monto de la condena que tendrá que asumir el exmagistrado y determinar si la cumplirá en un centro carcelario o en su domicilio.

Cabe anotar que según el Código Penal, el delito de prevaricato por acción tiene una pena entre 48 y 144 meses de prisión, multa entre 66 y 300 salarios mínimos legales mensuales vigentes e inhabilidad para el ejercicio de derechos y funciones públicas entre 80 y 144 meses. Lea también: Corte Suprema confirma condena contra exconcejales César Pión y Américo Mendoza

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