El Juzgado Noveno Civil Municipal de Cartagena emitió una importante decisión el pasado 21 de agosto, al declarar la nulidad de las actuaciones en el incidente de desacato promovido contra el alcalde distrital de Cartagena, Dumek Turbay Paz. El incidente había sido impulsado por la presunta falta de cumplimiento de una orden de tutela relacionada con una solicitud de declaratoria de estado ruinoso parcial de un inmueble.
La acción de tutela fue presentada contra la Alcaldía Mayor de Cartagena, y fue resuelta en primera instancia el 16 de enero de 2024, otorgando la razón a la parte accionante. No obstante, esta decisión fue revocada en segunda instancia el 29 de febrero de 2024, por lo que se concedió el amparo del derecho al debido proceso administrativo, ordenando a la Alcaldía resolver de fondo la solicitud en un plazo máximo de tres meses. Siga leyendo: Dumek demandó a 57 propietarios de casas deterioradas en el Centro
Ante el presunto incumplimiento de esta orden, la parte accionante promovió un incidente de desacato, lo que llevó al juez de primera instancia a ordenar, el 2 de julio de 2024, un requerimiento previo al alcalde Dumek Turbay Paz, la imposición del arresto y la multa. Posteriormente, el 17 de julio de 2024, el juez ordenó la apertura formal del desacato y, el 29 de julio de 2024, dispuso abrir a pruebas el incidente.
El 8 de agosto de 2024, el juez emitió una providencia en la que sancionaba al alcalde Turbay Paz por el presunto desacato, señalando que no había cumplido con la orden judicial de resolver la solicitud de estado ruinoso. Sin embargo, tras ser notificado de la sanción, Turbay Paz presentó una solicitud de nulidad, argumentando que el juez no había tenido en cuenta un informe presentado el 5 de agosto de 2024.
En respuesta a esta solicitud, el juzgado encontró mérito en los argumentos del alcalde y declaró la nulidad de lo actuado en el incidente de desacato desde el auto del 2 de julio de 2024.
El despacho revisó que en el trámite incidental se identificó al alcalde Dumek Turbay Paz como responsable del cumplimiento de la tutela. Sin embargo, el informe presentado el 5 de agosto de 2024 identificó a Frank Ricaurte Sossa, alcalde de la Localidad 01 - Histórica y del Caribe Norte, como el responsable directo de emitir el acto administrativo requerido, lo cual plantea una causal de nulidad debido a la incorrecta notificación.

Dado que se ha identificado una causal de nulidad conforme al Código General del Proceso, el despacho se ve obligado a declarar la nulidad de todo lo actuado desde el auto del 2 de julio de 2024 y ordenar que se rehaga el proceso, incluyendo la correcta vinculación de los responsables.