El pasado 11 de octubre el Consejo Nacional Electoral (CNE) aceptó revisar la demanda que buscaba tumbar la candidatura de Dumek Turbay a la Alcaldía de Cartagena por supuesta responsabilidad fiscal y presunta doble militancia. Para comprobar que el exgobernador de Bolívar había incurrido en las irregularidades, el CNE solicitó pruebas a los accionantes, al demandado y terceros relacionados. Lea: El próximo alcalde de Cartagena responde preguntas incómodas
La primera demanda, por responsabilidad fiscal, la presentó Carlos Berrío Lara, secretario general de la Veeduría Ciudadana Palo de Guayaba, el pasado 26 de septiembre indicando que Turbay cuando era gobernador de Bolívar incurrió en un detrimento al patrimonio por una deuda entre la Gobernación y la Clínica Madre Laura SAS. Esa deuda, según Berrío, por supuestas irregularidades en la conciliación, tuvo sobrecostos y hoy se proyecta en $45 mil millones. Más contexto aquí en esta nota de La Contratopedia Caribe.
La segunda solicitud de revocatoria que buscaba evitar que Dumek fuese alcaldable la radicó el pasado 5 de octubre Javier Doria, candidato a la Alcaldía de Cartagena, señalando a Turbay de haber incurrido en doble militancia.
Cabe recordar que el abogado Doria acusó a Dumek de incurrir en una falta al aparecer en actos de campaña, publicados en sus redes sociales, junto a Yamil Arana, candidato a la Gobernación de Bolívar, pues por ley solo podría hacerlo con Yolanda Wong, rival de Arana que cuenta con el aval del Partido Demócrata Colombiano (PDC). Esta colectividad, el PDC, integra a la coalición que avala a Turbay para la Alcaldía junto a En Marcha y Nuevo Liberalismo.

Dumek Turbay, Pedro Adán Torres, líder del PDC, y Yolanda Wong.
Doria no solo presentó pruebas relacionadas a los abrazos entre Dumek y Yamil, sino que también presentó evidencias del apoyo del exgobernador a campañas al Concejo de otros partidos como el Centro Democrático y Cambio Radical, como por ejemplo: Juliet Jiménez (CD) y los militantes de Cambio Radical Luis Cassiani, Wilson Toncel y Carlos Barrios.
Paso siguiente, Alba Velázquez Hernández, magistrada ponente del CNE en este proceso contra Dumek Turbay, pidió pruebas a los dos demandantes para estudiar las acusaciones, a la campaña del exgobernador sobre lo que tuvieran por decir y a terceros relacionados, y hoy presentó su veredicto al resto de magistrados.
Lo decidido
En este proceso, Dumek Turbay contó con la asesoría jurídica de Lucy Jeannette Bermúdez Bermúdez, exmagistrada del Consejo de Estado, exprocuradora judicial y actual consultora de la Agencia Nacional de Defensa Judicial del Estado.
La tesis principal de la abogada que presentó al CNE fue que “la sola presencia de un candidato de un partido en un evento político de otro diferente no es suficiente para determinar una ‘unión’ y, por lo mismo, tampoco es suficiente para acreditar una doble militancia”.
En contravía de lo expuesto por Doria, quien aseveró que las plataformas digitales son campos en los que pueden desarrollarse apoyos políticos, debido a los avances tecnológicos y la manera cómo las redes son empleadas para hacer proselitismo partidista.
Sin embargo, Bermúdez puntualizó, y al parecer la magistrada Alba Velázquez lo avaló en su ponencia, que “las imágenes, por sí solas, no permitían deducir sobre lo ocurrido ese día y no permiten derivar las manifestaciones de apoyo que se aduce” “No hay pruebas de actos positivos, es decir: aquellos que inequívocamente se dirigen a pedir el voto por el candidato del partido diferente”, espetó Bermúdez Bermúdez.
Tras contrastar las posturas, la magistrada del CNE Alba Velázquez presentó su ponencia negando la solicitud de revocatoria del acto de inscripción de la candidatura de Dumek Turbay y podrá seguir adelante con su campaña de cara a las elecciones del 29 de octubre. Esta decisión fue votada de forma unánime por los ocho magistrados presentes en la audiencia.
“Respecto al señalamiento hecho por el señor Carlos Berrío en contra de Dumek Turbay de estar inhabilitado por una posible sanción de tipo fiscal, frente a este tipo de sanciones el Consejo Nacional Electoral advierte que: la responsabilidad fiscal no es una situación establecida como inhabilidad en ninguno de los regímenes de inhabilidades para ocupar cargos de elección popular, motivo por el cual no invalida el acto de elección y tampoco el acto de inscripción de un candidato que no aparece reportado como responsable fiscal ante la Contraloría”, expuso la magistrada en su ponencia.
Y con respecto a la doble militancia, Alba Velázquez indicó que, al partido político En Marcha, movimiento que inscribió a Dumek Turbay, no tener candidato a la Gobernación de Bolívar y que no se acredite una adhesión entre el exgobernador y Yamil Arana, no hay una defraudación a la lealtad partidista.
“Descartada la doble militancia en modalidad de apoyo por parte Dumek Turbay, luego de revisarse todos los elementos materiales probatorios aportados por las partes del proceso, la Sala Plena resuelve negar la solicitud de revocatoria de la inscripción de Turbay”, se lee al final del documento al que El Universal tuvo acceso.
