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Política

Procuraduría inhabilita por 10 años a exgobernador de Córdoba

Por irregularidades en contratos fue sancionado Alejandro Lyons, tristemente célebre por sus vínculos con los carteles de la Toga y de la hemofilia.

Procuraduría inhabilita por 10 años a exgobernador de Córdoba

Alejandro Lyons, exgobernador de Córdoba. // Colprensa

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Una vez más la Procuraduría sanciona a funcionarios elegidos por voto popular. Ahora el turno fue para el exgobernador de Córdoba, Alejandro Lyons Muskus, quien fue destituido e inhabilitado por 10 años por omitir el control y la vigilancia de la actividad contractual delegada, lo que generó el pago por $7.886.574.000 sin la celebración de acuerdos de voluntades con diferentes Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS) por un paquete integral de neurorrehabilitación.

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El Ministerio Público también sancionó en primera instancia a tres exsecretarios de desarrollo de la Salud del departamento. Se trata de Alexis José Gaines Acuña, y Alfredo José Aruachán, por 9 años; mientras que para Edwin de Jesús Preciado por el término de 8 años.

En el caso puntual de Lyons, la entidad concluyó que este no vigiló las facultades de aquellos que fungieron como secretarios de Salud, quienes ocasionaron ese millonario pago por la prestación de servicios para terapias de neurodesarrollo a la población de bajos recursos no cubierta por el POS, específicamente en los acuerdos entre el ente territorial y las IPS Crecer y Sonreír S.A.S., Semillas de Amor S.A.S. y Girasoles S.A.S.

Por otro lado, en el caso de Gaines Acuña, el funcionario mediante dos resoluciones proferidas en 2014, ordenó el pago de servicios de rehabilitación en salud por $1.193.930.000 a favor de las IPS Girasoles y Crecer y Sonreír. El lío es que no existían previamente negocios jurídicos entre la gobernación y los prestadores del servicio de salud.

En ese mismo contexto, el otro secretario, Aruachán Narváez, a través de diez actos administrativos, ordenó durante el año 2014 se pagara aproximadamente $6.064.044.000, en favor de las tres instituciones prestadoras de servicios de salud mencionadas, sin que existiera un proceso contractual.

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