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Política

Juez ordena a la Contraloría General pronunciarse sobre el embargo a Dau

Así lo dispuso un juez, quien da 48 horas para que el ente de control emita un concepto, negativo o positivo, sobre si se revocan y levantan los embargos.

Juez ordena a la Contraloría General pronunciarse sobre el embargo a Dau

Palacio de la Aduana, sede de la Alcaldía de Cartagena. // Colprensa

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El pasado mes de septiembre la Contraloría Distrital de Cartagena embargó las cuentas personales del alcalde William Dau y de 42 de sus funcionarios y exfuncionarios de la entidad. Decisión correspondiente a un proceso de responsabilidad fiscal en contra de los imputados.

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Los embargos fueron una medida cautelar ante la investigación por un presunto detrimento de más de $1.600 millones, que habría causado el pago de gastos de representación a los procesados por sus labores en la administración.

Fuentes de la Contraloría indicaron en su momento que todo empezó luego que en el 2019 se hiciera una auditoría de control, y que en ese entonces se le hizo una prevención al Distrito sobre funcionarios distintos al alcalde que devengaban gastos de representación, “sin tener soporte legal para hacerlo”.

El excontralor encargado, Freddys Quintero, concluyó que estos gastos de representación solo lo pueden devengar dignidades como el alcalde y el gobernador.

Sin embargo, según afirma, Iván Acuña, abogado del alcalde Dau, los gastos de representación pagados a los funcionarios embargados están bajo la ley, ya que desde el 2011 el Concejo Distrital lo dispuso así, a través del Acuerdo 009 de 20211, fijando la planta de personal y la escala salarial del Distrito con respecto a lo designado por el Departamento Administrativo de la Función Pública.

“No existe una norma ni constitucional ni legal que prohiba expresamente el pago de gastos de representación a empleados directivos diferentes al alcalde. Eso fue una interpretación acomodada y con tintes políticos de perseguir al mandatario Dau”, indicó el jurista.

Posteriormente a los embargos y al curso de la investigación fiscal, el abogado Acuña, en representación de Dau, interpuso ante la Contraloría General de la República una solicitud para que sea esta la que asuma la investigación fiscal contra el burgomaestre y los más de 40 funcionarios y exservidores públicos de la Alcaldía.

A lo que el ente de control fiscal nacional respondió lo siguiente:

“La Contraloría General consideró que la Distrital no ofrecía suficientes garantías que se deben tener ante cualquier investigado, sin esclarecer objetivamente el daño ni mucho menos la responsabilidad fiscal de los funcionarios, y a pesar de ello haber dictado auto de imputación fiscal decretando los embargos”, reveló el abogado Acuña, con relación a una presunta utilización política del órgano de control fiscal local.

Por lo tanto, la Contraloría General aceptó el pedido de Dau y asumió la competencia de control excepcional, a través de la Contraloría Departamental de Bolívar, quien adelantará la investigación fiscal correspondiente.

“Que de conformidad con los hechos y documentos presentados y habiéndose verificado que la solicitud cumple con los lineamientos impuestos por la Ley 403 de 2020 y la Resolución Organizacional No. OGZ -767 de 24 de julio de 2020, para el efecto, se aceptará la intervención funcional excepcional, respecto de proceso de responsabilidad fiscal”, indicó la Contraloría General ante la petición de la defensa jurídica de Dau.

Esa fue una de las batallas jurídicas que ganó el alcalde Dau, en medio del proceso fiscal que lo enfrentaba al Contralor Distrital, Freddys Quintero.

Tutela

El paso siguiente que interpuso Acuña fue un derecho de petición para que la Contraloría respondiera con el levantamiento y revocatoria del proceso de responsabilidad fiscal y a los embargos, apelando a los argumentos jurídicos que han acuñado a lo largo del proceso.

La fecha para responder esa solicitud fue el 22 de noviembre y no hubo respuesta, por lo que la defensa legal del alcalde Dau entuteló ante el Juzgado Segundo Administrativo del Circuito de Cartagena, y este respondió en fallo de primera instancia que el ente de control tiene 48 horas desde la decisión (16 de diciembre) para pronunciarse, ya sea positivo o negativamente a la revocatoria del proceso y el levantamiento de los embargos.

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