Los diputados de Bolívar, por votación unánime, aprobaron la reforma de los artículos 49 y 59 que había dejado sin piso jurídico un fallo del Tribunal Administrativo de Bolívar correspondiente a la anterior ordenanza que creó las estampillas Pro Cultura y Pro Hospital, tras revisar la constitucionalidad, legalidad y conveniencia de estos recaudos.
El debate que convirtió el proyecto en ordenanza, se llevó a cabo ayer, en sesiones extraordinarias que fueron clausuradas ayer.
El nuevo proyecto de ordenanza fue enviado al gobernador de Bolívar Alberto Bernal, para su sanción, en el término de cinco días.
El cobro de las estampillas Pro Hospital Universitario y Procultura, creada mediante los artículos de la ordenanza 011 de 2006 de la Asamblea Departamental de Bolívar, había sido tumbado por un fallo el alto Tribunal al resolver una demanda de nulidad interpuesta por el Consejo Gremial de Bolívar
“Con la emisión de las estampillas antes mencionadas, se da cumplimiento a lo establecido en las leyes 645 de 2001 y 666 de 2002, apoyando a los Hospitales Universitarios y a la cultura departamental, así como la de facilitar y alcanzar el cumplimiento de las metas señaladas en el Plan de Desarrollo Departamental”, explicó Miguel Aguilera, Diputado por la bancada del partido Cambio Radical y ponente del proyecto.
“El proyecto pasó el examen en primer debate en Constitucionalidad, legalidad y conveniencia, y pasó el segundo y tercer debate, lo que garantizó convertirlo en ordenanza”, aseguró Jorge Rodríguez Sosa, Diputado por la bancada del Partido de la Unión Nacional, Partido de la “U”, y Presidente de la Corporación.
“La creación de estos hechos generadores es de suma importancia porque con estos tributos, se financia la cultura y la prestación del servicio de la salud en el Departamento. Además se fortalece el Fondo de Pensión, se financian los gestores culturales y se construyen bibliotecas que, son un espacio clave en el sector educativo porque en ellos se lee, se escribe y por supuesto se aprende, encontrando los niños, niñas, adolescentes y demás estudiantes, los recursos educativos y libros a los que en muchas ocasiones no pueden tener acceso en sus casas”, agregó Rodríguez Sosa.
Hechos generadores
Son hechos generadores los contratos, órdenes de prestación de servicios que se celebren en el Distrito de Cartagena, los municipios del Departamento de Bolívar, las entidades descentralizadas, certificados sobre existencia y/o representación legal de personas jurídicas expedidas por el Departamento, todo certificado de Paz y Salvo que expida la Contraloría Departamental, Distrital y Municipal, el Departamento y sus entidades descentralizadas.
También, la inscripción de farmacias y agencias, expedición de credencial de exoneración de realización del año rural entre otros, son algunos de los hechos generadores de la estampilla Pro-Hospital Universitario, de los cuales el 80% se destinará como lo establece el artículo 2 de la Ley 645 de 2001 para inversión y mantenimiento de planta física, dotación compra y mantenimiento de equipo requerido para desarrollar y cumplir adecuadamente con las funciones propias de la institución, inversión en personal especializado entre otros y el 20% restante será destinado a conformidad con lo establecido en el artículo 47 de la ley 863 de 2003.
La estampilla procultura
Por su parte, a lo que a la estampilla pro-cultura respecta, los hechos generadores que constituyen su cobro son, contratos de prestación de servicios, órdenes de compra y sus adiciones que celebren el Departamento de Bolívar, sus entidades descentralizadas directas e indirectas y demás organizaciones con carácter público o con participación estatal en el patrimonio, la contraloría Departamental y la Asamblea Departamental, el registro para inspección vigilancia y control de las entidades de derecho privado sin ánimo de lucro inscritas en las Cámaras de Comercio con jurisdicción en el Departamento de Bolívar. Los pasaportes expedidos por la Gobernación del Departamento de Bolívar, cada solicitud de tornaguías para licores y vinos nacionales y extranjeros, para cerveza, para tabaco.
