comscore
Pa’lante chamos y chamas

Los requisitos para que venezolanos puedan votar por el próximo alcalde

El 29 de octubre de este año la población migrante podrá ejercer su derecho al voto. Además de alcaldes, se elegirán otros cargos para el periodo 2024 - 2027.

Los requisitos para que venezolanos puedan votar por el próximo alcalde

Bolívar es uno de los departamentos en Colombia con más población migrante, por lo que los venezolanos hacen presencia en muchos ámbitos sociales. // El Universal

Compartir

El próximo 29 de octubre de 2023 es una fecha crucial en el ámbito político. Ese día se elegirán alcaldes, gobernadores, concejales, diputados y ediles de las Juntas Administradoras Locales (JAL) en todas las regiones de Colombia, por lo que las campañas atestan redes sociales y se alistan para hacerlo en el espacio público. (Lea: ¿Es migrante y no está afiliado al sistema de salud? Siga este paso a paso)

En el caso de Cartagena, el discurso de quienes aspiran a ser el próximo inquilino del Palacio de la Aduana, sede de la Alcaldía de la ciudad, suena con el mismo estribillo: la solución final y esperada a los múltiples problemas que siempre han aquejado el Corralito de Piedra.

Por consiguiente, las propuestas electorales, o más bien promesas, van encaminadas a combatir la inseguridad, el desempleo, la falta de oportunidades para acceder a la educación, el hambre y la pobreza. Estas penurias no solo la sufren los cartageneros, sino también los migrantes que residen en la ciudad, especialmente la población venezolana.

Y es que según Migración Colombia, un 5% de la población en Cartagena proviene de Venezuela. Un número que es factible que hoy sea superior, pues el cálculo de que 34.899 migrantes del vecino país caminan por nuestra ciudad fue hecho en 2019. En el mismo estudio se precisó que cerca de 52 mil venezolanos residían en Bolívar, convirtiéndose en el noveno departamento con más ciudadanía del hermano país.

Es por esto que es conveniente, como una arista de pedagogía política, que la población venezolana conozca los requisitos para poder votar en las próximas elecciones locales y regionales, y así evitar contratiempos o, peor, que se conviertan en una masa útil o manipulable para candidatos que no tendrán a sus necesidades como prioridad.

Solo con visa y residencia

Según la Registraduría Nacional del Estado Civil, solo los ciudadanos de nacionalidad extranjera que lleven por lo menos cinco años de residencia ininterrumpida en Colombia, tengan visa de residente y cuenten con cédula de extranjería, podrán ejercer su derecho al voto en las elecciones territoriales del 29 de octubre de este año.

De acuerdo con la Ley 1070 de 2006, “los extranjeros residentes en Colombia podrán votar en las elecciones y consultas populares de carácter municipal y distrital, del último lugar donde hayan fijado su domicilio”.

Esto último, siempre y cuando hayan inscrito su cédula de extranjería de residente, expedida por Migración Colombia, para las elecciones en las cuales desean sufragar. La inscripción de dicho documento y su zonificación debe realizarse bajo los mismos parámetros que deben seguir los colombianos, en los respectivos puntos que la Registraduría establezca en la ciudad.

“Los ciudadanos que no cuentan con nacionalidad colombiana, deben realizar la inscripción de su cédula de extranjería, con categoría de residente vigente, en cualquier sede de la Registraduría en el país, la cual los atenderá en su horario habitual, de lunes a viernes, entre las 8 de la mañana y las 4 de la tarde”, puntualizó la entidad.

Es importante no dejar todo para última hora, debido a que, según la Ley Estatutaria 1475 de 2011, estas inscripciones al censo electoral o cambios de lugar de votación, se podrán hacer máximo hasta dos meses antes de las elecciones, a saber: el próximo 29 de agosto sería el plazo final.

La Registraduría aclaró que, aunque es la encargada del proceso de inscripción de la población venezolana residente en Cartagena, es Migración Colombia la entidad responsable de verificar el cumplimiento de los requisitos del trámite de inscripción.

“Una vez la Subdirección de Extranjería de Migración Colombia realice la respectiva verificación, remite a la Dirección de Censo Electoral de la Registraduría la relación de los extranjeros inscritos, señalando aquellos que cumplieron o no con los requisitos establecidos en la ley”, subrayó Alex Vega, registrador nacional.

Posterior a ese filtro será la Registraduría la entidad encargada de informar a los extranjeros que no cumplieron con los requisitos y, por ende, no harán parte del respectivo censo electoral para las próximas elecciones.

ABC sobre el voto migrante

Estos son los requisitos que, según la Ley 1070 de 2006, deben cumplir los extranjeros residentes en Colombia para votar el próximo 29 de octubre en las elecciones y consultas populares distritales y municipales.

- Ser mayor de edad: tener por lo menos 18 años de edad cumplidos.

- Poseer cédula de extranjería de residente.

- Contar con visa de residente, de conformidad con las normas que regulen la materia.

- Acreditar como mínimo cinco años continuos e ininterrumpidos de residencia en Colombia.

- No estar incursos en las inhabilidades constitucionales y legales.

- Estar inscrito en el respectivo registro electoral o censo electoral, para lo cual el ciudadano extranjero debe surtir el mencionado trámite de inscripción de cédula.

Únete a nuestro canal de WhatsApp
Reciba noticias de EU en Google News