Sin introducirle elementos políticos y sólo analizando desde la óptica jurídica, no tendría por qué sorprender el Auto mediante el cual el Consejo de Estado decidió suspender provisionalmente el Decreto 1469 de 2025, que fijó el salario mínimo legal mensual para 2026, ordenando al Gobierno Nacional expedir, dentro de 8 días calendario, un nuevo decreto en que se fije el porcentaje transitorio de aumento del salario mínimo para el resto del año.
Desde el primer momento analistas autorizados afirmaron que el decreto corría el riesgo de suspensión debido a que no se confeccionó observando los criterios económicos y constitucionales previstos en el Parágrafo Segundo Artículo 8 de la Ley 278 de 1996 y su respectivo desarrollo jurisprudencial, para la fijación del salario mínimo.
De haberse tenido en cuenta esos parámetros (IPC, meta de inflación, productividad, contribución de salarios al ingreso nacional y crecimiento del PIB anual, incluyendo la especial protección al trabajo, una remuneración mínima vital y móvil, la función social de la empresa), de seguro el Presidente de la República no habría incrementado el salario en más de lo que propusieron las centrales obreras, e incluso, por algo menos, pues dichas asociaciones sindicales proponen un techo que están dispuestas a rebajar en el marco de las respectivas negociaciones.
Pero si se analiza desde la óptica política, habría sido posible que el decreto no se suspendiera por los efectos complejos que eran previsibles en el ambiente electoral, pues es claro que sería aprovechable por la línea política oficial que gobierna, cuyos voceros ahora podrán contar con más argumentos que, aun cuando desconozcan la validez jurídica de la sustentada decisión, le pondrán más pólvora al discurso proselitista.
En todo caso, la situación en que quedan los empleadores y sus colaboradores es compleja, puesto que el hecho de que la suspensión solo aplicará una vez se expida el nuevo acto administrativo, con lo cual el salario de $1’750.905 sigue vigente, lo que surge es la mayor incertidumbre. Con razón están los empresarios angustiados, pues no saben si sostener el salario incrementado que se pagó en enero, o acogerse a lo que resulte en reducción en caso que en Palacio opten por respetar las decisiones del Consejo de Estado.
Ni qué decir de las determinaciones ya adoptadas, como los despidos que se produjeron en el primer mes, o la desintegralización de los salarios sometidos a esa forma de pago de los componentes salariales y tantas otras estrategias y proyecciones que se aprobaron para sortear los efectos que produjo la antitécnica alza, sin que en Presidencia hubiesen siquiera imaginado todo lo que iban a ocasionar.
Vienen días de profunda inquietud, cuya mejor resolución estará, no en manos del Gobierno, sino del diálogo directo entre empleadores y trabajadores.
