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Editorial

La demarcación en las playas

“Es conveniente que, además, se escojan áreas de playa en las que no se permita el atraque, zarpe y arribo de las embarcaciones turísticas...”.

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Aunque no debió ser necesario, cae bien el auto emitido el pasado 3 de octubre por el Tribunal Administrativo de Bolívar mediante el cual ordenó al Distrito de Cartagena y a la Dirección General Marítima y Portuaria (Dimar) que en un término de 60 días procedan a señalizar las playas de la ciudad, especialmente las de Bocagrande, Castillogrande, El Laguito, Tierrabomba, Marbella, Manzanillo del Mar, Playa Blanca y Cholón.

La decisión deviene de una acción popular interpuesta por la Fundación Leypoar, fundamentada en que no existe una demarcación para el zarpe, el arribo y en general para el tránsito de lanchas y motonaves en las zonas utilizadas por bañistas. El Tribunal Administrativo de Bolívar aseguró que tanto la Dirección General Marítima (Dimar) como el Distrito de Cartagena tienen el deber de garantizar la seguridad dentro de las playas.

Con razón se queja el abogado que formuló la demanda, del riesgo que suponen para los bañistas las embarcaciones y motos acuáticas que transitan en la misma zona donde estos disfrutan del mar. El Distrito les debe a los bañistas el poder disfrutar tranquilos de estos espacios, lo cual solo es posible si se crean y mantienen zonas exclusivas para ellos, bien delimitadas de otras para el tránsito y atraque de motonaves.

Tal como se señala en la providencia del Tribunal, hay un riesgo “evidente e inminente” ante la ausencia de demarcación y señalización de las áreas de playa, lo que amenaza derechos como la seguridad pública, el uso adecuado del espacio público y el ambiente sano.

Lo cierto es que no son compatibles la existencia o concurrencia de playas en las que se permitan bañistas y el zarpe, arribo, fondeo o atraque de embarcaciones. Eso no existe en ningún destino turístico serio con los que Cartagena compite. Por el contrario, lo que puede apreciarse en otras ciudades del Gran Caribe y las Antillas es que hay una clara separación en las áreas donde permanecen las naves acuáticas en espera de la llegada de los clientes, quienes tienen que desplazarse hacia espacios de playa en donde toman tales servicios. Por lo tanto, no coinciden en el tiempo ni en el espacio las ofertas de esas embarcaciones menores, pues las áreas están perfectamente separadas de las que se habilitan para el baño en el mar de turistas y residentes.

Por lo tanto, vale la pena que el Distrito y la Dimar no solo aúnen esfuerzos técnicos y logísticos para garantizar que la demarcación y señalización cumplan con los estándares de seguridad y las normas vigentes en materia marítima y ordenamiento costero. Es conveniente que, además, se escojan áreas de playa en las que no se permita el atraque, zarpe y arribo de las embarcaciones turísticas pues solo debe admitirse la sumersión, de tal manera que no haya manera de que los bañistas vean que estos aparatos marinos se les acerquen, ni aún para ofrecer sus servicios.

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