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Editorial

El cambio de competencia

“El mensaje del decreto pareciera ser que, como sus autores no se sienten cómodos con la autonomía del Consejo de Estado, es mejor dar el conocimiento a jueces de cualquier jurisdicción...”.

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No ha caído bien en el ámbito judicial y político el decreto por el cual se cambia la competencia exclusiva del Consejo de Estado para conocer, en primera instancia, las acciones de tutela contra el presidente, las cuales pasan ahora a los jueces del Circuito.

Es un cambio sensible, puesto que una corporación de alto rango, integrada por avezados abogados, pierde la competencia para valorar, en un trámite constitucional tan breve como el de la acción de tutela, asuntos de Estado que pueden tener hondas repercusiones, en algunos casos, históricas.

El asunto es aún más delicado si tenemos en cuenta que, en gracia de discusión, quien debió recibir, como máximo, ese cambio de competencia, son los Tribunales Administrativos, conformados por magistrados, regularmente con experiencia mayor que los jueces del Circuito.

De hecho, no siempre el Consejo de Estado ha sido el juez natural en sede de tutela contra el presidente de la República, pues antes de 2021 regía una norma indicativa de que estas correspondían en primera instancia a los tribunales superiores.

Lo que resulta exótico es que, en vez de descender la competencia de estas acciones de tutela contra el presidente, hacia una corporación conformada por magistrados, aunque de menor jerarquía que los del Consejo de Estado, se dé un salto hacia jueces unipersonales de inferior categoría organizacional.

Esto, si se mira desde el punto de vista de facilitarle a los ciudadanos el acceso a la justicia vía acción de tutela contra el primer mandatario, podría parecer un cambio motivado por un altruismo casi que romántico; pero en la práctica no lo es, por cuanto hoy desde cualquier lugar del país en el que se cuente con acceso a internet, pueden formularse toda suerte de acciones judiciales virtuales; no se requiere hacerlo personalmente.

Si esto es así, pareciera ser otra la razón por la que el presidente y su ministro de Justicia han decidido quitarle el conocimiento de las tutelas al Consejo de Estado que, en el parecer de ellos, no los mira con adhesión o simpatía, lo cual tampoco es cierto. En el fondo, lo que presidente y ministro no quieren ver es que los consejeros están llamados a ejercer sus cargos con independencia y sin miramientos o favoritismos que nublen el sentido de justicia y del derecho. Los magistrados no son garantes de los intereses y deseos de Palacio, sino de los derechos generales, aún cuando riñan contra los del gobierno de turno.

En el fondo, el mensaje del decreto pareciera ser, y así se ha entendido, que, como sus autores no se sienten cómodos con la autonomía exhibida por el Consejo de Estado, es mejor darle el conocimiento de los procesos a los jueces de cualquier jurisdicción del país, partiendo del supuesto que, como son unipersonales, tendrían que ser más accesibles o anejos hacia el querer de una autoridad que, como Presidencia, se percibe como incontrastable.

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