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Editorial

Las preguntas de la consulta

“Lo que probablemente ocurra es que acudan a las urnas quienes están de acuerdo con el actual esquema de gobierno; y quienes no se sientan en este interpretados, no saldrán a votar...”.

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Las doce preguntas que contendrá la consulta popular propuesta por el Gobierno Nacional, con la que busca avalar en las urnas puntos incluidos en la reforma laboral que no pasó en la Comisión Séptima del Senado, podrán ser elementales, amañadas, engañosas, que no apuntan a solucionar el grave problema de desempleo del país, o como se quieran calificar, pero es conveniente que se les dé curso en el Congreso para que se someta al voto ciudadano.

La consulta popular es un mecanismo constitucional al que no debe tenérsele reserva, sobre todo en la actual coyuntura de creciente crispación social. Se equivocaría la oposición si le dan paso a alegaciones de ‘bloqueo institucional’, independientemente de que la veterana clase política tenga claro que con esta convocatoria se busca movilizar a la ciudadanía y fortalecer la agenda ideológica del establecimiento que gobierna.

Es claro, y nadie debe llamarse a engaño, que se trata de una estrategia política de cara a las elecciones de 2026.

La consulta avivará el debate electoral y el Gobierno se juega no sólo la oportunidad de movilizar a sus seguidores a las calles como preludio de las agrias confrontaciones que vienen por preservar el poder, por una parte, o de conquistarlo, por la otra.

En la mitad de ese ajetreo estará una gran masa del pueblo que no tiene interés en que se mezclen las legítimas aspiraciones por la recuperación o por la conquista de derechos laborales, con la confrontación de dos formas de comprender el ejercicio del Gobierno y del poder político. Esa gran masa tendrá que decidir si se pliega al llamado a participar y a votar en la consulta, aunque eso pueda suponer abrirle camino a la continuidad de la actual manera de gestionar la función pública del Estado; o dejarlo para después de la finalización del cuatrienio en curso, para no contribuir con su permanencia.

Así las cosas, en la práctica lo que probablemente ocurra es que concurran a las urnas quienes están de acuerdo con el actual esquema de gobierno; y quienes no se sientan en este interpretados, a pesar de su beneplácito con los temas que se incluirán en la consulta, de realizarse, no saldrán a votar con el fin de no contribuir con el quórum mínimo que se necesita para que sea válida.

Por supuesto que entre tanto habrá que dar la discusión jurídica sobre si algunas preguntas tienen alcances normativos, lo cual podría calificarse en la Corte como un interrogante propio de referendo o de plebiscito, que no de consulta, pues el Senado no puede modificar las preguntas, sino otorgar el concepto favorable o no, en cuyo último caso pasará a la consideración del presidente, que la puede aprobar por decreto.

Lo anterior no obsta para que se difundan las explicaciones del porqué la reforma pretendida por esta vía golpea a las micro, pequeñas y medianas empresas o la posible pérdida de 450.000 empleos, entre otros efectos.

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