El 31 de marzo 2026 es la fecha límite para presentar los pliegos de solicitudes de las Confederaciones, Federaciones, organizaciones del sector público, al Distrito Cartagena, Gobernación de Bolívar, a los municipios de Marialabaja y Magangué, entre otros.
Resaltar que, a nivel nacional con el alto gobierno se han suscrito 7 Acuerdos Colectivos Laborales en el departamento de Bolívar; con 17 organizaciones sindicales, 12 acuerdos; y con el Distrito de Cartagena, 10 acuerdos con 37 organizaciones sindicales.
El Decreto 243 del 29 febrero del 2024, con 21 artículos, reglamenta la negociación del sector público multinivel en el ámbito nacional, sectorial, territorial, singular; con el Decreto 1631 del 2021 se hizo la aplicación de principio progresividad y no regresividad.
Tener en cuenta el Artículo 2.2.2.4.10 del Decreto 243 define el número de negociadores, grado de representatividad y conformación de comisión negociadora unificada sindical, que en el ámbito territorial son 20, con un pliego único conciliado.
Sigue vigente el Artículo 433 del Código Sustantivo del Trabajo (CST) y la sentencia C - 741 de marzo del 2013, en la negociación del sector público. Con el Decreto 243, los entes territoriales y sus entes descentralizados, reconocen los mandatos de las Federaciones y Confederaciones.
El derecho de negociación colectiva es un mandato en el Artículo 55 de la Constitución Política de 1991 y el Artículo 53, que reconoce los convenios 151 y 154 de la OIT, la sentencia C-1234 del 2005, derechos de sindicalización y negociación colectiva en la Administración Pública.
Puntos nuevos como el salario emocional, se refiere al conjunto de beneficios no económicos que reciben los trabajadores y que elevan su satisfacción, equilibrio de vida, trabajo, reconocimiento al bienestar, salud mental y sentido de pertenencia.
La responsabilidad de los empleadores públicos y privados, a través de la dependencia responsable de gestión del talento humano, es el sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo, el bienestar, la salud mental de todos los trabajadores.
Las centrales obreras CUT, CTC, CGT estaremos presentando a los entes territoriales, los descentralizados, nuestro pliego de solicitudes con puntos macros, para conciliarlos con los pliegos de las organizaciones sindicales, para un pliego único.
En la Circular N° 28 del 6 marzo 2024, el Mintrabajo y DAFP definen taxativamente la obligación de los entes territoriales, de tener disponible para la negociación, un número de afiliados a las organizaciones sindicales, para definir el ámbito y numero de negociadores.
Lo novedoso de estos pliegos únicos es tener en cuenta la ley de reforma laboral en sus artículos 5, 6, 7, 8, 44, 45, que mejoran las condiciones de trabajo digno de los trabajadores.

