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Columna

Decreto 234 de 2026

“Del Decreto 0234 se destaca presentar un solo pliego y una sola mesa de negociación, cuando existan varios sindicatos...”.

GIL ALBERTO FALCÓN PRASCA

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En desarrollo de los artículos 39, 55 y 56 de la Constitución Política de 1991, que garantizan la libertad sindical y el derecho a la negociación colectiva, el Gobierno Nacional expidió el Decreto 0234 del 6 marzo del 2026, que reglamenta la negociación colectiva por niveles en Colombia.

Con esta nueva norma el gobierno pretende desarrollar y dar cumplimiento a los convenios 98 y 154 de la OIT, fortaleciendo el derecho de asociación sindical y permitiendo la negociación colectiva a nivel de empresa, sector o rama de actividad.

La continuidad de la negociación colectiva a nivel de empresa no elimina este mecanismo ni modifica su funcionamiento, sino que simplemente amplía las posibilidades para que los trabajadores puedan negociar también en otros niveles. Reducir conflictos laborales y costos asociados a litigios entre empresas y trabajadores, el decreto busca democratizar la participación de los trabajadores y facilitar la negociación colectiva en distintos niveles.

Representa una ampliación significativa del alcance de la negociación colectiva por grupos empresariales en distintos sectores de la economía, que históricamente ha estado muy concentrada en el nivel de cada empresa.

Se establecen reglas de representación, gradualidad y sostenibilidad para garantizar la participación de las micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes), y proteger el piso mínimo de derechos laborales y ampliar cobertura de negociación.

Con esta reglamentación los sindicatos podrán negociar condiciones laborales que se apliquen a varias empresas de un mismo sector económico y reducir diferencias entre trabajadores que realizan labores similares en distintas compañías.

Es una ampliación de la negociación, una posibilidad mayor para los sindicatos, un reto también para ellos, para fortalecer las organizaciones sindicales y centralizarlas a todos los niveles en que se desarrolla, globalmente, hoy la negociación colectiva.

La reforma reglamentaria busca actualizar el sistema colombiano de relaciones laborales y alinearlo con estándares internacionales, promovidos por la OIT, especialmente en materia de libertad sindical y negociación colectiva por rama.

Se permite negociar no sólo por empresa, también como grupo empresarial, rama o sector de actividad económica del sector privado y empresas oficiales, otros niveles acordados entre las partes, incluso regionales o nacionales.

Se destaca presentar un solo pliego y una sola mesa de negociación, cuando existan varios sindicatos o múltiples empleadores en un mismo ámbito de negociación, con la representación proporcional de las organizaciones sindicales.

*CUT Bolívar.

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