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Columna

A los jóvenes consejeros

“Las principales funciones de los Consejos de Juventudes son las de ejercer control y veeduría, proponer y construir agendas...”.

Gonzalo García

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Hace unos días asistí a la posesión de un grupo de jóvenes como consejeros de juventud. El acto se desarrolló en las instalaciones del Concejo Municipal de Arjona y transcurrió entre elogiosos discursos a los nóveles políticos. No hice uso de la palabra, pero sentí esa necesidad para hacerles ver otra cara de las múltiples del poliedro, que pienso que es importante. Aunque estuve de acuerdo con todos los halagos, no manifesté mi forma diferente de percepción, porque sentí que el tiempo se estaba agotando y no tuve intenciones de alargar el evento.

Los cargos de elección popular, obtenidos después de una campaña política, considero que no deben percibirse como triunfos ni como victorias, ni personales, ni generales, ni partidistas. Ser elegido, entre un listado inmenso de postulados, es ser señalado por un número importantísimo de ciudadanos de una localidad o un municipio. Es cargar con una estrella que pesa, que requiere de disposición de tiempo y ánimo, anteponiendo cualquier deseo de gloria personal en beneficio de las multitudes que depositaron su confianza.

El que sea elegido de esta manera, y actúe pensando que se trata de un logro personal, corre el riesgo de pasar muy pronto del anonimato absoluto al desprestigio total. Si bien esta reflexión aplica en general para cualquiera de los cargos de elección popular o designaciones para el ejercicio de funciones públicas, no es menos aplicable a estos muchachos que empiezan a escalar los muros de la política -los llamo muros y no escaleras, porque casi siempre no están libres grietas, socavones, asperezas, tentaciones y empinadas cuestas sin peldaños-. Los Consejos de Juventudes fueron definidos por la Ley Estatutaria 1622 de 2013 y son un espacio de la cultura democrática, especialmente relacionados con el respeto a la participación, la inclusión y la diversidad política, permitiendo que los chicos se involucren en las decisiones para la construcción democrática de sus territorios. Sus principales funciones, todas relacionadas con asuntos de juventud, son las de ejercer control y veeduría, proponer y construir agendas, concertar con las administraciones programas y proyectos.

Además de la recomendación de eliminar toda percepción de gloria o triunfo personal, dadas las condiciones de su edad, es importante que las alcaldías, dentro del diseño y ejecución de las políticas públicas de juventud, les brinde escenarios, teóricos y prácticos, de formación en liderazgo y que articulen con efectividad la filosofía del Estatuto de Ciudadanía Juvenil con acciones concretas que permitan que estas normas no se queden en un profundo consenso fatuo del Legislativo. Aunque hay mucho por decir a estos jóvenes, el espacio limitado permite un abrebocas de lo que debe suceder, desde los fueros personales de cada consejero y desde las administraciones, porque ese ‘índice blanco de rosales’, o de laureles -como en los versos de Rafael Ortiz González-, que la comunidad ha puesto sobre sus sienes, con mucha facilidad puede convertirse en una corona de espinas si no trasciende de una visión de logro personal.

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