La salud y la vida están por encima de cualquier creencia, especialmente en situaciones donde cada minuto cuenta. Cuando aparece una enfermedad grave, la fe suele activarse, pero la ciencia también cumple un papel decisivo en la sanación del cuerpo. Aunque a veces parezcan opuestas, fe y ciencia pueden ser aliadas y, juntas, generar resultados que muchos consideran verdaderos milagros.
Sin embargo, cuando las creencias o prejuicios se interponen frente a lo que médicamente es urgente y necesario, surge un conflicto que obliga al Estado a intervenir para salvaguardar la vida. Esto fue precisamente lo ocurrido con un recién nacido en Argentina, específicamente en el municipio de Neuquén, en la Patagonia, donde la justicia debió actuar con rapidez para protegerlo.

¿Qué ocurrió con el recién nacido en Neuquén, Argentina?
De acuerdo con el portal local Tiempo Argentino, el bebé, con tan solo un día de nacido, fue trasladado de urgencias desde San Martín de los Andes hasta el Hospital Castro Rendón, el centro de mayor complejidad de la región. Allí fue diagnosticado con una obstrucción intestinal que requería una cirugía inmediata. Los informes médicos advirtieron que el procedimiento tenía una alta probabilidad de exigir una transfusión sanguínea durante o después de la intervención.
Ante esta posibilidad, los padres se opusieron rotundamente, argumentando que, por sus creencias como Testigos de Jehová, no podían autorizar la transfusión. Tras esta negativa, el tiempo comenzó a jugar un papel determinante, pues la vida del menor estaba en riesgo. El equipo médico alertó a las autoridades, que activaron de inmediato los mecanismos correspondientes, ya que no realizar la cirugía podía conducir a un desenlace fatal.
¿Qué determinó la justicia argentina para proteger al menor?
Tras el reporte médico, la titular de la Defensoría de los Derechos del Niño y el Adolescente presentó una medida autosatisfactiva, un recurso judicial pensado para situaciones donde los derechos fundamentales —como la vida y la salud— están en peligro inminente y requieren una respuesta rápida.
El juez Luciano Zani analizó el requerimiento y admitió la medida, evaluando la responsabilidad parental y los límites de la autonomía familiar. Recordó que, si bien los padres en Argentina tienen el derecho y el deber de decidir sobre la salud de sus hijos, ese derecho no es absoluto.
“Cuando las decisiones de los progenitores, amparadas en creencias religiosas o estilos de vida, restringen el acceso del niño a cuidados médicos esenciales, el Estado tiene la obligación legal y moral de intervenir para restablecer los derechos afectados”, explicó el magistrado.

Zani fundamentó su decisión en la Convención sobre los Derechos del Niño y en la legislación argentina, recalcando que el interés superior del niño debe guiar toda actuación judicial. Destacó que el derecho a la vida y la salud son prioritarios y no pueden verse limitados por las creencias de los padres cuando la situación es crítica.
Con base en ese marco jurídico, el juez advirtió que la negativa a autorizar la intervención médica podía derivar en “un desenlace irreversible y potencialmente fatal”. “Estaríamos ante una decisión que puede ocasionar la muerte del niño, lo que no se puede permitir”, señaló en su fallo, según reprodujeron medios locales.

