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Corte mexicana ratifica otra reforma “anti-aborto”

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La validez de una reforma a la constitución del estado de San Luis Potosí se dio un día después de que también mantuviera la legalidad de otra modificación, aunque a la carta magna del estado de Baja California, también en el norte de México. 
Como en la discusión del caso de Baja California, siete de 11 ministros votaron contra la validez de la reforma en San Luis Potosí por considerar que la modificación atentaba contra derechos como el de las mujeres y excedía las atribuciones locales. 
Pese a que una mayoría votó en contra, una norma interna de la Suprema Corte señala que se necesitan al menos ocho votos para declarar inconstitucional una ley. 
A diferencia de la reforma en Baja California, en la que sólo se establecía la protección a la vida desde la concepción, en la de San Luis Potosí además de eso se añade que no se castigará un aborto cuando sea por accidente, violación, inseminación indebida o que corra peligro la madre. 
Algunos ministros que votaron contra la norma criticaron que desde la constitución local se establecieran excepciones para penalizar el aborto. 
Los estados del país que penalizan el aborto suelen tener en un código penal las causas por las que no se aplicarán castigos. 
En México, sólo en la capital está permitido abortar durante las primeras 12 semanas de gestación.
La norma fue declarada constitucional por la misma Suprema Corte y está en vigor desde abril del 2007. 
Actualmente 16 de los 32 estados establecen la protección a derecho a la vida desde la concepción, incluidos Baja California y San Luis Potosí.

Manifestaciones por aborto en México AP Marco Ugarte
Manifestaciones por aborto en México AP Marco Ugarte
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