El Tribunal Superior de Bogotá emitió un fallo histórico contra Caracol Televisión S.A., al declarar ineficaz una cláusula de exoneración de responsabilidad incluida en el contrato de participación del programa Desafío 2006 y condenar al canal como civilmente responsable por los perjuicios ocasionados a la exconcursante Ángela Gisela Ordóñez Vinasco y a su hijo menor.
La decisión, proferida por el magistrado Juan Carlos Cerón Díaz, de la Sala Sexta Civil de Decisión, revocó la sentencia de primera instancia del Juzgado 45 Civil del Circuito y concluyó que Caracol desconoció los límites de orden público, la buena fe objetiva y el equilibrio contractual al intentar liberarse por completo de las consecuencias derivadas de los accidentes o daños sufridos durante la grabación del reality.
“Resulta contrario a la buena fe y al orden público que una empresa pretenda exonerarse anticipadamente de toda responsabilidad frente a los daños que comprometen la vida o la dignidad humana”, señala la decisión judicial, que se conoció esta semana. Lea: Querido periodista anunció su adiós a Noticias Caracol: “Cierro un ciclo”

¿Por qué Ángela Ordóñez denunció a Caracol Televisión?
El caso se remonta a julio de 2006, cuando Ángela Ordóñez, participante del Desafío 2006, sufrió un grave accidente durante una prueba de ciclismo realizada en República Dominicana.
Según la investigación, la producción no implementó medidas mínimas de seguridad como el uso de casco, rodilleras o supervisión médica inmediata.
Ordóñez perdió el control de la bicicleta al pasar por un terreno irregular, lo que le provocó un trauma craneoencefálico severo con contusión temporal, hemorragia meníngea, pérdida de la conciencia, paresia del sexto par craneal e hiponatremia. Fue repatriada a Colombia y hospitalizada por semanas.
Las secuelas neurológicas y motoras fueron permanentes: deterioro del equilibrio, alteraciones de memoria y atención, pérdida parcial del control de esfínteres y una disminución de su capacidad laboral del 66,78 %, certificada por Colpensiones en 2008.
El Tribunal concluyó que Caracol incumplió su deber de diligencia y previsión, al no garantizar condiciones seguras para los participantes de un formato que, por naturaleza, implica riesgos físicos y psicológicos. Esa omisión fue suficiente para configurar su responsabilidad civil.
Uno de los puntos más relevantes del fallo es la declaración de ineficacia de la cláusula incluida en el contrato de participación que pretendía exonerar a la empresa de cualquier daño sufrido por los concursantes. Dicha disposición, incluida en el “Anexo de Condiciones Generales”, buscaba que los participantes asumieran por completo los riesgos derivados de las pruebas extremas, algo que el Tribunal consideró “abusivo y contrario al orden público”.
“La libertad contractual no puede llegar al extremo de permitir que una parte imponga condiciones que eliminen la responsabilidad por actos propios. En este caso, se trataba de una relación evidentemente desigual, donde la empresa detentaba el poder de negociación y los concursantes eran parte débil del contrato”, advirtió el magistrado Cerón Díaz.
Con base en ese análisis, el alto tribunal declaró civilmente responsable a Caracol Televisión por los perjuicios causados a la demandante y a su hijo, y recordó que las productoras de televisión tienen la obligación de adoptar medidas razonables de seguridad en todas las etapas de ejecución de un programa, especialmente en los formatos de competencia física.
El fallo marca un precedente importante en la industria del entretenimiento colombiano. Expertos en derecho civil y laboral han resaltado que esta decisión podría servir como referencia para revisar otros contratos de realities y programas de competencias que exigen a los participantes asumir riesgos físicos sin garantías suficientes.
“Este caso deja claro que la espectacularidad no puede estar por encima de la integridad humana”, señalaron juristas consultados por medios nacionales. Lea: Presentadora de Caracol confesó maltrato de un jefe que la llevó a la depresión
A partir de ahora, las productoras deberán reforzar sus protocolos de seguridad, supervisión médica y consentimiento informado, garantizando que los concursantes comprendan los riesgos, pero también cuenten con las medidas necesarias para evitarlos o mitigarlos.