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Derecho

Régimen de Insolvencia, una opción antes de la quiebra

Expertos explican que acogerse a esta opción es una gran alternativa para que las empresas afectadas por la crisis económica se mantenga ‘a flote’.

Régimen de Insolvencia, una opción antes de la quiebra

Antes de cerrar el negocio, los empresarios tienen una última opción legal con el Régimen de Insolvencia. // 123RF.

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En marzo, cuando se decretó el aislamiento preventivo obligatorio por el COVID, las actividades económicas tuvieron una caída en picada sin antecedentes y lo peor, sin oportunidad de haberlo previsto.

La mayoría de los comerciantes de Cartagena reportaron una disminución en las ventas de entre el 80 % y el 100 %; el 72 % de los locales estaban cerrados, el 50 % de los empresarios no podían cumplir con sus obligaciones bancarias y el 86 % consideraba que las medidas del Gobierno fueron insuficientes, de acuerdo con las encuestas realizadas por Fenalco Bolívar durante ese mes.

Aunque en la fase de aislamiento selectivo se han dispuesto de diversas estrategias para reactivar la economía, lo cierto es que el impacto de los casi seis meses de cuarentena cobran una alta factura para la finanzas, sobre todo, de las pequeñas y medianas empresas.

La solución

Pero ¿qué pueden hacer los empresarios para sostener sus negocios? Acudir al Régimen de Insolvencia, es la respuesta que ofrecen los expertos.

“El Régimen de Insolvencia no es nuevo, se originó antes de la crisis del COVID-19, pero sin dudas es una herramienta valiosa para las empresas y/o personas naturales. Tiene como principales objetivos preservar la empresa, garantizar el pago del crédito y fomentar el empleo. Sin embargo, los empresarios desconocen sus beneficios y consideran que “reorganizarse” es igual a “quebrar”, lo cual es interpretado como un sinónimo de fracaso, cuando realmente debe ser visto como una oportunidad”, explica Eduardo Espinosa Benedetti, abogado especialista en derecho comercial, con formación en insolvencia y socio consultor de la firma Due Solutions.

Añade que “el Gobierno nacional ha buscado contrarrestar el impacto de la emergencia en la economía del país y ha invitado a los empresarios a que continúen operando y preserven el empleo. Para eso ha dispuesto apoyo financiero a través de Bancoldex, el Fondo Nacional de Garantías y diversas entidades estatales. Pero, la obtención de créditos ha sido muy difícil para los empresarios. Así mismo, las tasas de interés continúan siendo unas de las más altas del mundo, lo cual ha obligado a los empresarios y comerciantes a cerrar sus negocios”.

Como parte de las estrategias para afrontar las circunstancias especiales de la pandemia, el Gobierno expidió el Decreto 560, por el cual se adoptaron medidas transitorias especiales en materia de procesos de insolvencia y se crearon los trámites de Negociación de Emergencia de Acuerdos de Reorganización y Procedimientos de Recuperación Empresarial. Además, facultó a la Superintendencia de Sociedades para tramitar esas solicitudes.

Los beneficios

El contador público Leandro Arias Romero, especialista en tributación y quien también forma parte de la firma Due Solutions, explica que “al acogerse al Régimen de Insolvencia, las empresas tienen la oportunidad de renegociar las deudas a mayor plazo y en mejores condiciones. Una vez admitidas en un proceso de reorganización empresarial, gozan de beneficios como: la suspensión de los intereses y los procesos ejecutivos; dependiendo del proceso, se levantan las medidas cautelares y se negocian los contratos arriendo, entre otros”.

Juan Pablo Liévano, superintendente de sociedades reveló a principios del mes pasado, que entre abril y agosto, se recibieron 420 solicitudes de insolvencia que provienen de los sectores de servicios (33 %), comercio (25 %) y manufactura (13, 6%), entre otros.

Liévano también señaló que la mayoría de las solicitudes corresponden al proceso tradicional, las demás son por liquidación o reorganización simplificada y en una menor proporción son acuerdos de reorganización o insolvencia exprés.

“Son momentos difíciles, donde hay que ser resilientes, pero donde sobre todo debe primar la capacidad para tomar decisiones inteligentes en el momento oportuno. Es vital que usted sepa determinar cuándo definitivamente necesita acogerse, o acoger a su empresa al Régimen de Insolvencia. Si está en esa situación, y en los presupuestos de admisión que determinan las normas, no lo dude, inténtelo”, es el mensaje que envía Arias Romero a todos los empresarios que temen por la estabilidad de su empresa.

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