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Declaración de Renta

Las novedades de la declaración de renta para este año

Se introdujeron algunos cambios que los contribuyentes deben tener en cuenta al tramitar su obligación tributaria.

Las novedades de la declaración de renta para este año

Una nueva base gravable, nuevos componentes a declarar y nuevos cortes para las exenciones son algunas de las consideraciones que deberá tener en cuenta para la renta de este año. // 123RF

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La Ley 1943 de 2018 o de Financiamiento fue derogada por la Corte Constitucional, pero sus efectos se sentirán hasta el presente año, particularmente en lo que respecta a la declaración de renta de los colombianos. El Ministerio de Hacienda, a su vez, expidió el Decreto 2264 de 2019, que reglamentaba los cambios que aplicaban en el cálculo de dicha figura, en concordancia con la extinta ley.

El Universal le cuenta algunos de los cambios más importantes.

Nuevo tope de rentas exentas

La normativa indica que el tope para las rentas exentas, es decir, todos aquellos ingresos libres de impuesto sobre la renta, es de $172.720.800. “La idea es ampliar la base de los contribuyentes, bajando el valor recibido de los ingresos anuales y el patrimonio poseído a diciembre 31 de cada año por las personas naturales”, explica Javier Ahumada Medida, contador y abogado.

Este límite para la renta exenta es uno de los componentes de la cédula especial que rige la declaración. Dicha figura “abarca entonces tres cédulas (general, pensiones y dividendos) es decir, las unifica. Recordemos que para el año 2018 este sistema lo comprendían cinco cédulas (rentas de trabajo, rentas de pensiones, de capital, no laborales, de dividendos y participación)”, precisa Didier Sánchez Reinoso, CEO de Russell Bedford DSA.

Nuevos aportes

De acuerdo con el empresario Sánchez, “al unificarse estas tres cédulas en una sola de carácter general, la declaración resulta menos gravosa para las personas naturales con rentas no laborales, como los comerciantes. Sin embargo, las personas naturales que obtengan ingresos por rendimientos financieros sí verán incrementada su tributación, debido a que el componente inflacionario pasa a ser un componente de la renta”. Las tarifas a cobrar por este tipo de ganancias también aumentaron.

Otro de los cambios más importantes tiene que ver con los aportes tributarios por concepto del dinero recibido por indemnizaciones por seguros de vida, pues aquellas “que superen los $428’537.500 serán tratadas ahora como ingresos ocasionales”, afirma Didier Sánchez. De igual manera, las sucesiones ilíquidas (es decir, los bienes heredados a una persona natural a través de un testamento) también serán parte de la declaración durante este año.

Consideraciones especiales

Hay dos grupos particulares que deberán prestar atención a lo que trae este año gravable: los rectores y profesores de universidades públicas, los miembros de la rama judicial y los extranjeros, tanto residentes como nacionales en Colombia. El proyecto explicita que aquellas personas que no tengan residencia o domicilio en Colombia y hubieran estado sometidas a ciertos tipos de retenciones en la fuente no deberán pagar renta.

En cuanto a los docentes y directores, sus “gastos de representación serán tratados como renta exenta hasta el monto que no exceda el 50 % de su salario”, declara el artículo 11 del proyecto de ley. Para el caso de la rama judicial, “se encuentran exentos de gastos de representación un porcentaje equivalente al 50 % de su salario que perciban en razón de sus funciones los magistrados de los tribunales, sus fiscales y procuradores judiciales. Para los jueces de la República el porcentaje exento será del 25 % sobre su salario.”

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