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Contabilidad

Declaración de renta de personas naturales: ¿conoces el formato 2517?

Se trata de un anexo que deben diligenciar ciertas personas naturales al declarar renta. No presentarlo ocasiona sanciones.

Declaración de renta de personas naturales: ¿conoces el formato 2517?

Anexar el formato 2517 a la declaración de renta es una obligación tributaria para las personas naturales que cumplan cierto requisito. //123RF.

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Aunque declarar renta es un trámite cada vez menos complejo ya que la tecnología ha facilitado el trámite, especialmente, para las personas naturales pues se puede hacer desde la oficina virtual de la Dian, es fundamental que los ciudadanos tengan claras las condiciones bajo las que deben cumplir con esta obligación tributaria y evitar errores que acarreen multas o sanciones.

Hoy comienza a correr el calendario tributario para las personas naturales y la condición básica para declarar renta correspondiente al año gravable 2023 es que se cumpla una o varias de estas condiciones, a corte del 31 de diciembre del año pasado: un patrimonio bruto igual o superior a $ 190.854.000; ingresos brutos, consignaciones bancarias, transacciones en tarjetas de crédito y/o compras y consumos iguales o superiores a $ 59.377.000.

Pero hay un ítem más que se aplica a las personas naturales que declaran renta: el formato 2517, conocido también como reporte de conciliación fiscal, anexo a la declaración regular que se presenta en el formulario 210. Le puede interesar: Ganancias ocasionales, ¿sabes cómo incluirlas en tu declaración de renta?

Condiciones del formato 2517

Pero, ¿quiénes deben diligenciar el formato 2517? “Aquellas personas naturales, obligadas a llevar contabilidad y con ingresos superiores a 45.000 Unidades de Valor Tributario (UVT), que equivalen a más de $ 1.908 millones”, explica Eduardo Guzmán, contador especialista en tributación y miembro de la firma Auren.

Las personas naturales con este volumen de ingresos suelen ser comerciantes que hacen parte del régimen simplificado, profesionales como abogados, ingenieros, médicos, entre otros, que cuentan con un consultorio u oficina a través de la cual prestan sus servicios o incluso artistas y deportistas.

De acuerdo con el documento guía de la Dian para tramitar el formato 2517, en este documento se consignan los datos básicos del contribuyente, el número de declaración de renta asociado, información relacionada con el patrimonio, los activos (propiedades, inversiones), pasivos (deudas, préstamos, obligaciones financieras), ingresos, gastos y las conciliaciones para confirmar que la declaración de renta esté debidamente conciliada entre la contabilidad y la fiscalidad.

Aunque el formato 2517 es responsabilidad de las personas naturales que lleven contabilidad, no es necesario que sea firmado por un contador público.

¿Influye en el valor del impuesto?

La obligación de diligenciar el formato 2517 no implica un aumento en el impuesto de renta que deberá pagar el contribuyente, es más, declarar renta en sí mismo no conlleva a pagar tributo al Estado, toda vez que esto está determinado por los ingresos versus las obligaciones de los ciudadanos. Lea también: Contadores públicos: siempre preparados para los cambios.

Ojo con los activos en el exterior

El calendario tributario para la personas naturales, que comienza a partir de hoy, también aplica como plazo para la declaración de activos en el exterior.

La declaración de activos en el exterior “es de carácter informativo y se estableció para aquellas personas naturales contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios que posean activos en el exterior, de cualquier naturaleza”, explica Eduardo Guzmán.

Los obligados a presentar esa declaración son los contribuyentes del impuesto sobre la renta y de regímenes sustitutos del impuesto sobre la renta (régimen simple) que sean residentes en Colombia para efectos fiscales y que al 1 de enero de cada año posean activos en el exterior, cuyo valor patrimonial sea superior a 2.000 UVT ($94.130.000 en 2024).

Para presentar esta declaración se debe diligenciar el formulario 160, en la plataforma virtual de la Dian.

Si se presenta de manera extemporánea, se deberá liquidar y pagar una sanción por cada mes o fracción de mes calendario de retardo. Lo anterior no aplica en caso de que la declaración se corrija, ya sea para aumentar o disminuir el valor de activos en el exterior inicialmente reportado. Pero, si no se presenta, la autoridad tributaria liquidará la sanción correspondiente a pagar.

*Visita los perfiles de Auren Colombia en Instagram, Linkedin, X y Youtube.

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