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Arbitraje y conciliación

Conciliar, la tarea pendiente de los colombianos al resolver conflictos

Ante las diferencias, los colombianos ven en los acuerdos una forma de derrota. Así lo explica una experta y lo respaldan las cifras.

Conciliar, la tarea pendiente de los colombianos al resolver conflictos

Muchas personas se rehúsan a conciliar porque conciben a la justicia como una competencia. // FOTO: 123RF

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La conciliación es uno de los mecanismo alternativos a la justicia ordinaria para resolver conflictos en Colombia. No solamente contribuye a filtrar casos que podrían resolverse fuera de los estrados, ahorrando tiempo y dinero tanto a las partes como al Estado, sino que fortalece el tejido social y la convivencia pacífica a través de valores como la solidaridad y el respeto.

Pero ¿están conectados los ciudadanos con estos principios al momento de resolver controversias, ya sea con otros particulares o con entidades? Lourdes Villadiego, directora del Consultorio Jurídico y Centro de Conciliación de la Universidad Libre de Cartagena, revela que la ciudadanía no ve en los acuerdos una forma de solucionar, de manera eficaz, sus conflictos.

“Carecemos de la cultura de los acuerdos y se sigue considerando el conciliar como una derrota y no como una victoria que evite que el problema escale, o el tener que acudir a las instancias judiciales para resolverlo”, anota Villadiego.

Al conciliar, las partes deben estar dispuestas a llegar a un acuerdo y basar su relación en el diálogo. Si bien el proceso está mediado por un conciliador quien ayuda a negociar las pretensiones de los involucradas, basado en derecho, el éxito de este mecanismo depende de los implicados.

Solo la mitad de estos procesos en el país terminan con un acta de conciliación total (52,1 %), según las cifras de la Corporación Excelencia en Justicia. Lo que ocurre con el resto de casos es que no llegan a acuerdos (21 %), la partes no asisten a las audiencias (14 %) o se logra un acuerdo parcial (3,9 %), entre otras razones.

Esta misma organización también indica que las solicitudes de conciliación están relacionadas con los aspectos civil y comercial (51,2 %) y los de familia (35,6 % ). Además, los casos se resuelven en menos de un año y únicamente el 10 % se extienden por más tiempo. Le puede interesar: La Conciliación, ¿qué es y para qué sirve?

52,1 %

de los procesos terminan con un acta de conciliación total.

Los casos en los que aplica

El Ministerio de Justicia estipula que a través de la conciliación es posible resolver asuntos como la cuota alimentaria de hijos, si hay conflictos de convivencia, responsabilidad extracontractual en accidentes de tránsito sin lesiones personales, custodia de hijos y regulación de visitas, asuntos laborales, liquidación de la sociedad conyugal e injuria y calumnia indirecta.

En caso de divorcio, adopción, inasistencia alimentaria, lesiones personales por accidente de tránsito, insolvencia empresarial, entre otros, conciliar no es la herramienta que procede.

“Los asuntos en los que es más común llegar a acuerdos son aquellos relacionados en el área de familia, como los relacionados con la cuota alimentaria; aquellos en los que menos se logra conciliar son las solicitudes en el área del derecho civil, en materia de responsabilidad civil extracontractual”, destaca Lourdes Villadiego. Puede leer: Conciliación y arbitraje ¿en qué casos?

¿Dónde ir?

Para tramitar las conciliaciones extrajudiciales, es decir, aquellas que se realizan fuera de los procesos jurídicos, se debe acudir a los centros de conciliación o los consultorios jurídicos de las facultades de derecho. El servicio es gratuito para aquellos que demuestren no tener los recursos para costear el proceso o que es parte de la población vulnerable.

Recuadro

Aunque no es una sentencia judicial, el acta de conciliación tiene mérito ejecutivo, es decir, en caso de incumplir lo consignado en este documento la parte afectada podrá iniciar una demanda para reclamar el cumplimiento del acuerdo por vía jurídica.

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