A partir del 12 de agosto próximo empiezan a correr los vencimientos para declarar renta las personas naturales obligadas a hacerlo.
Los plazos vencen de acuerdo con los dos últimos dígitos de su NIT y los días asignados por la Dian se extenderán hasta el 24 de octubre. (Lea aquí: Ecopetrol adquirió proyecto eólico en La Guajira, para autoconsumo).
En el departamento están obligados a declarar renta unas 135 mil personas naturales, reveló Mercedes De León, directora de la Dirección de Impuestos Nacionales en Bolívar. Puede declarar desde ya, antes de la fecha límite de vencimiento de su NIT.
El calendario arranca con los contribuyentes cuyas cédulas o NIT terminen en 01 y 02 y culmina en octubre 24 con los terminados en 99 y 00.
La Dian recuerda que declarar fuera del plazo estipulado genera una sanción por extemporaneidad e intereses de mora. La sanción mínima para este año es de 498 mil pesos. Para saber si está obligado a declarar, la Dian invita a los ciudadanos a ingresar a la página web de la entidad www.dian.gov.co y ubicar el micrositio de declaración de renta.
Estos son quiénes deben declarar renta
Si usted cumple con alguna de las siguientes condiciones, debe declarar el impuesto sobre la renta 2024:
- Que su patrimonio bruto, a 31 de diciembre de 2024, sea superior a $211.793.000.
- Que sus ingresos totales a 31 de diciembre de 2024 sean iguales o superiores a $65.891.000.
- Que sus consumos mediante tarjetas de crédito en el 2024 sean superiores a $65.891.000.
- Que el valor total de sus compras y consumos en el 2024, sean superiores a $65.891.000.
- Que el valor total acumulado de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras en el año 2024 sea superior a $65.891.000.
- Haber sido responsable del Impuesto sobre las Ventas IVA a 31 de diciembre de 2024. (Lea aquí: Anuncian venta de operación de Cerro Matoso, acuerdo entre South32 y CoreX).
Conoce algunos de los errores más comunes al declarar renta
Estos son algunos de los errores más comunes al momento de hacer la declaración de renta, que se ha identificado desde la seccional de Impuestos Nacionales en Bolívar. Conózcalos y evítelos:
- Firman la declaración y no la presentan.
- En casilla de retenciones ponen el valor del impuesto.
- Arrastran el saldo a favor de un año que no corresponde al siguiente.
- Ponen el número de dependientes y no señalan la identificación.
- No calculan el anticipo de la vigencia siguiente.
- El anticipo de Renta del año anterior lo ponen como saldo a favor. (Lea aquí: Vivienda: ¿Por qué Cartagena tiene uno de los m² más costosos del país?).