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‘Obras por Impuestos’ en Cartagena: se reciben propuestas de contribuyentes

Si estás interesado en financiar un proyecto u obra pública en el Distrito de Cartagena, lo puedes hacer con parte de tus tributos. ¿Cómo hacerlo? Aquí te lo contamos.

‘Obras por Impuestos’ en Cartagena: se reciben propuestas de contribuyentes

Proyectos de infraestructura educativa también aplican en 'Obras por Impuestos'. //Julio Castaño - El Universal.

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Obras por impuestos’, el mecanismo adoptado por el Distrito de Cartagena para ejecutar obras y proyectos públicos con parte de los impuestos de los contribuyentes, y aprobado por el Concejo Distrital a través del Acuerdo 161 de 2024, y recientemente reglamentado mediante Decreto 1496 del 10 de junio de 2025, aún no ha recibido la primera propuesta.

A este mecanismo pueden acceder contribuyentes del Distrito de Cartagena (personas naturales y jurídicas) para pagar hasta el 30% del impuesto de la vigencia actual y hasta el 40% de vigencias anteriores, incluidas sanciones o intereses causados. Aplica para el Impuesto Predial Unificado (IPU) e Impuesto de Industria y Comercio, Avisos y Tableros (ICAT). (Lea aquí: Ampliación del Rafael Núñez: Oinac radicó estudio de impacto ambiental).

Proyectos de energía eléctrica aplican para 'Obras por Impuestos'. // Archivo
Proyectos de energía eléctrica aplican para 'Obras por Impuestos'. // Archivo

Los sectores priorizados para ‘Obras por Impuestos’

Los proyectos financiables deben estar incluidos en el Plan de Desarrollo y dirigidos a sectores como:

- Agua potable y saneamiento.

- Energía.

- Salud pública.

- Infraestructura social y educativa.

- Transporte.

- Adaptación al cambio climático.

- Seguridad, justicia y gestión del riesgo.

¿Cómo hacerlo?

- El contribuyente diseña o selecciona el proyecto, el cual debe estar debidamente viabilizado y priorizado.

- Se asocia con otros contribuyentes si hay más de una parte involucrada.

- Ejecuta la obra bajo supervisión de la Secretaría de Hacienda y la entidad competente.

- Una vez entregado y recibido a satisfacción, se extingue la obligación tributaria correspondiente.

Proyectos de agua potable también aplican a 'Obras por Impuestos'. //Archivo.
Proyectos de agua potable también aplican a 'Obras por Impuestos'. //Archivo.

¿Qué comité escoge los proyectos?

Los proyectos que se vayan a financiar bajo el mecanismo de Obras por Impuestos, deberán pasar por el Comité de Estudio y Aprobación. Este Comité estará integrado por las siguientes personas:

- Secretario de Infraestructura o su delegado.

- Secretario y/o director de la dependencia del sector del proyecto o su delegado.

- Jefe de la Oficina Asesora Jurídica o su delegado.

- Secretario de Hacienda o su delegado.

- Secretario de Planeación o su delegado.

- Un delegado del Consejo Gremial de Bolívar (CGB), con voz, pero sin voto.

La secretaría técnica del Comité será asumida por la Secretaría de Planeación Distrital que tendrá como funciones:

- Convocar al Comité para el estudio y aprobación de los proyectos que se financian con el mecanismo.

- Presentar los proyectos viabilizados e inscritos en el Banco de Proyectos de la Secretaría de Planeación, por iniciativa privado o pública.

- Presentar a los contribuyentes interesados en el mecanismo de pago para el estudio y aprobación del Comité, entre otras funciones. (Lea aquí: Definen suerte de concesión de Corredor de Carga Cartagena -Barranquilla).

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