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Económica

Reforma Laboral 2025: ¿cómo transformará el trabajo en Colombia?

Luego de dos años de tensiones en los diferentes sectores, hoy entra en la recta final la aclamada Reforma Laboral la cual cuenta con 70 artículos que beneficiarán cientos de trabajadores del país. Conoce aquí los puntos más importantes de este proyecto.

Reforma Laboral 2025: ¿cómo transformará el trabajo en Colombia?

Esta reforma beneficiará a cientos de trabajadores colombianos.

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Hoy, 20 de junio fue un día decisivo para dar cierre a un capítulo político en la historia de Colombia que ha estado abierto por más de dos años. Se trata de la reforma laboral del gobierno del presidente Gustavo Petro, que está a punto de convertirse en ley. El Senado y la Cámara de Representantes fueron los encargados de realizar la votación que conciliará el proyecto, el cual, durante estos años, ha abierto la puerta a decenas de debates y especulaciones desde todos los sectores del país.

Los 70 artículos fueron aprobados con 57 votos a favor y 31 en contra por parte de los congresistas. Este proyecto, que en la actualidad está en su recta final, incluye artículos claves, como lo son los pagos de recargos nocturnos, los contratos a término fijo los cuales a partir de la promulgación de la ley tendrán una extensión máxima de cuatro años y beneficios para los estudiantes del Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA). Luego de esta fecha, pasará a sanción presidencial para ser firmado e iniciar con su ejecución. Lee también: Reforma laboral es aprobada por el Congreso, ¿qué sigue?

¿En qué etapa está la Reforma Laboral y cuándo entraría en vigencia?

Como se mencionó, este proyecto que beneficiará a los trabajadores colombianos este viernes fue aprobada en su etapa de conciliación, este proceso se da cuando existen diferencias considerables entre los textos aprobados por el Senado y Cámara de Representantes, por esto, se crea una cámara occidental, integrada por por senadores y representantes para unificar en un solo texto los requerimientos de ambas aristas.

En ese sentido, de acuerdo con la ley colombiana una vez aprobado por el Congreso y Cámara el paso siguiente es la sanción presidencial, que consiste en la ratificación del proyecto por parte del presidente de la República: Gustavo Petro. Este proceso implica que la rama Ejecutiva también estudia el texto aprobado y, si está de acuerdo, lo firma y lo promulga como ley para que todo el país la conozca y la cumpla.

No obstante, el mandatario tiene la facultad de devolver el proyecto al Congreso si considera que existen objeciones de fondo o inconstitucionalidades, en un mecanismo conocido como “objeción presidencial al proyecto de ley”. Si el presidente Petro decide sancionarla, la nueva ley se publicará en el Diario Oficial y entrará en vigor. El tiempo para hacerlo varía según el número de artículos:

- 6 días si tiene hasta 20 artículos.

- 10 días si tiene entre 21 y 50 artículos.

- hasta 20 días cuando supera los 50, como es el caso de esta reforma laboral.

Jornada laboral y horarios: así cambiarán tus turnos

Cambios en el horario nocturno

-Jornada diurna y nocturna:

Trabajo diurno: 6:00 a.m. – 7:00 p.m.

Trabajo nocturno: 7: 00 p.m. – 6:00 a.m.

*El recargo nocturno iniciará desde las 7:00 p.m. hasta las 6:00 a.m. y se paga el 35%

El Senado dejó sin efectos el artículo 12 que introduce la opción de jornada 4x3: cuatro días de trabajo por tres de descanso. Se aprobó la proposición que estableció que la jornada máxima laboral será de cinco a seis días y con una duración máxima de horas ordinarias.

Recargos dominicales y festivos: así será la transición al 100%

Recargo progresivo de dominicales y festivos está divido en tres fases:

-80% desde julio de 2025

-90% desde julio de 2026

-100% desde julio de 2027

El trabajo dominical (día de descanso) y festivos se irá aumentando progresivamente hasta llegar a un 100% para el 2027.

Así quedan los de horarios que serán aplicados de manera progresiva // Generado con IA.
Así quedan los de horarios que serán aplicados de manera progresiva // Generado con IA.

Horas extras

Con respecto a las horas extras esto fue lo que quedó acordado dentro del proyecto que en los próximos día estaría pasando a etapa de sanción por parte del presidente petro:

-No se podrá trabajar más de 2 horas extra diarias y 12 semanales (diurnas o nocturnas). Se exceptúa el sector de seguridad.

- No se requerirá permiso del Ministerio de Trabajo para pagar horas extras.

-El empleador deberá llevar un registro del trabajo suplementario de cada trabajador.

Nuevos tipos de contrato y condiciones laborales

Contrato a término fijo como regla general

Dentro del proyecto de la reforma laboral los contratos a término fijo solo podrán renovarse hasta por 4 años. Si el empleador desea que se supere este límite, debe cambiarse a la modalidad de contrato a indefinido. Esto empezará a regir en cuanto quede sancionada la ley por parte del presidente.

Formalización del contrato doméstico

Los trabajadores del servicio doméstico deben ser vinculados mediante contrato de trabajo escrito y reconocerle los derechos, prestaciones y seguridad social.

Aprendices SENA: ahora con contrato laboral

1. Contratos de aprendizaje

Los contratos de aprendizaje serán un contrato laboral a término fijo con una duración máxima de 3 años. La remuneración no debe ser inferior al mínimo. Las empresas obligadas a cumplir con la cuota de aprendizaje y que incumplan, deberán pagar una multa de 1.8 SMMLV por cada aprendiz que contraten.

2. Contratos aprendices del SENA

Los aprendices del SENA deberán ser vinculados por medio de contrato laboral a término fijo y se les deberá pagar salario, prestaciones y seguridad social. Tendrán derecho a una remuneración del 75% de 1 SMLMV en la etapa lectiva y un 100% durante la etapa práctica. Las empresas que no contraten aprendices deberán pagar una multa de 1.5 SMLMV por cada uno no vinculado.

Contrato Agropecuario: labores en la cadena productiva primaria

Dentro del proyecto se destaca la creación del Contrato y el Jornal Agropecuario para labores en toda la cadena de producción primaria. En este caso, el jornal diario agropecuario no podrá ser menor a 1 salario diario vigente o al pactado en convención colectiva, compensación del valor total de las prestaciones sociales y beneficios legales (primas, auxilios, subsidios).

Contrato para deportistas y entrenadores

Los deportistas y entrenadores profesionales que presten sus servicios bajo la subordinación de clubes profesionales y organizaciones deberán ser vinculados mediante contrato de trabajo especial.

Contrato para comunicadores sociales

La jornada de trabajo de los periodistas, comunicadores sociales y afines, comprenderá todo el tiempo que estén bajo las órdenes del empleador a efectos de ensayo, preparación o grabación de emisiones. Su duración no podrá exceder la jornada máxima y se deberán remunerar los recargos correspondientes

Flexibilidad en horario laboral

A su vez, en el proyecto se tomó en cuenta que los trabajadores que tengan un familiar con discapacidad a cargo podrán acordar flexibilidad horaria mediante las diferentes modalidades de trabajo a distancia.

entro de este proyecto también se contemplaron a las trabajadoras domesticas.
entro de este proyecto también se contemplaron a las trabajadoras domesticas.

Cambios en el manejo disciplinario y sanciones

Proceso disciplinario simplificado

-No será aplicable para la terminación del contrato con justa causa ni para microempresas.

-Se aplicará solo para imposición de sanciones.

-Se mantiene el deber de escuchar a los empleados sin formalidad

- Se debe actualizar el Reglamento de Trabajo dentro de los 12 meses siguientes a la entrada en vigencia de la ley.

Modalidades de trabajo

En este mismo proyecto se dejó contemplado la regulación a las diferentes modalidades de trabajo existentes en el país. El teletrabajo puede ser bajo alguna de las siguientes 4 modalidades:

1.Teletrabajo Autónomo: los teletrabajadores eligen su lugar de trabajo y solo acudirán a instalaciones cuando el empleador lo solicite.

2. Teletrabajo móvil: los teletrabajadores no tienen un lugar de trabajo establecido.

3. Teletrabajo híbrido: los teletrabajadores alternan trabajo de manera virtual y presencial

4.Teletrabajo transnacional: los teletrabajadores laboran desde otro país y es responsabilidad del empleador contar con un seguro que cubra al menos prestaciones asistenciales en salud por accidente o enfermedad. Por su parte, aquellos trabajadores que devengan menos de 2 SMLMV se les deberá conceder auxilio de conectividad en reemplazo de transporte.

Trabajo en plataformas digitales: protección laboral y seguridad social

Modalidad de trabajo

La relación entre empresas de plataformas digitales de reparto y los trabajadores digitales en servicios de reparto podrán ser de carácter:

-Dependiente Subordinado: la empresa deberá realizar aportes a seguridad social de acuerdo a la legislación.

-Independiente y Autónomo: la empresa deberá asumir el 60% de los aportes a salud y pensión y el 40% lo asume el trabajador. Los riesgos laborales recaen a cargo de la empresa y no podrán pactarse cláusulas de exclusividad.

Nuevas licencias laborales: más derechos para los trabajadores

Licencias por calamidad doméstica

Todo suceso personal, familiar, caso fortuito o fuerza mayor cuya gravedad afecte el normal desarrollo de las actividades del trabajador.

Citas médicas programadas

Para asistir a citas médicas programadas o de urgencias incluidos ciclos menstruales incapacitantes para o una endometriosis ya diagnosticada.

Obligaciones escolares

Para asistir a obligaciones escolares de hijos menores de edad relacionadas directamente con la formación del niño o niña como eventos cívicos, académicos, deportivos y culturales.

Licencia de paternidad

La licencia de paternidad aumentará progresivamente hsta llegar a 6 semanas en el 2026 y estará a cargo de la EPS.

Medidas contra la discriminación: inclusión laboral

Personas con discapacidad

El artículo 16 de la reforma laboral establece una nueva norma para promover la inclusión de personas con discapacidad en el entorno laboral. A partir de su entrada en vigencia, las empresas que cuenten con más de 500 trabajadores estarán obligadas a contratar al menos una persona con discapacidad por cada 100.

Trabajadores adicionales

Trabajadores migrantes: los migrantes deberán gozar de las mismas garantías laborales y de seguridad social concedidas a los nacionales, salvo limitaciones en la ley.

A partir de su entrada en vigencia, las empresas que cuenten con más de 500 trabajadores estarán obligadas a contratar al menos una persona con discapacidad por cada 100.
A partir de su entrada en vigencia, las empresas que cuenten con más de 500 trabajadores estarán obligadas a contratar al menos una persona con discapacidad por cada 100.

Otros puntos clave de la reforma que debes conocer

1. Publicación virtual del reglamento interno de trabajo

Se permite la publicación del reglamento del teletrabajo de forma virtual sin eliminar la obligación de publicarlo físicamente en las instalaciones.

2. Convenios laborales

Se creará el Programa de Convenios Laborales para las Víctimas del Conflicto Armado

3. Garantías sindicales

Garantías para el ejercicio del derecho de asociación sindical y fomento.

Opiniones a favor y en contra: ¿avance o carga para los empleadores?

Luego de que el pasado martes 17 de junio en su tercer debate fuera aprobada la reforma por parte del Senado, las reacciones no se hicieron esperar desde los diferentes sectores del país. A través de la cuenta oficial de la Presidencia de la República realizaron una publicación en la que se puede leer: “El Senado aprobó este martes el proyecto de ley de Reforma Laboral presentado por el Gobierno del Cambio. Ahora pasa a conciliación del Senado y la Cámara para ser ley”.

El gobierno se va satisfecho, estamos muy contentos con lo que ha pasado, hemos logrado un articulado progresista en clave de derechos, de trabajo digno y decente”, además hizo énfasis en que ““Es una muy buena noticia, que el país pueda contar con una nueva reforma laboral con el espíritu con el que la presentó el Gobierno Nacional en dos ocasiones y que esta vez, pueda tener un trámite exitoso, una vez en la conciliación se pueda asegurar el triunfo de este proyecto de reforma”.

 Antonio Sanguino, Ministerio de Trabajo.

Por otro lado, la Federación Nacional de Comerciantes Empresarios (FENALCO) en cabeza de Jaime Alberto Cabal, cuestionó la aprobación de este proyecto: “una reforma que pone en peligro a las micro, pequeñas y medianas empresas y considerada inviable, hace apenas unos meses, no puede ahora presentarse como buena para el país, sólo porque sirve como moneda de cambio para frenar una consulta popular costosa y engañosa. Es una decisión equivocada, nacida de presiones, chantajes y cálculos políticos, no de un verdadero análisis técnico ni de un diálogo social genuino”, advirtió Cabal.

En este mismo comunicado el Gremio reiteró que “esta reforma se incrementarían los costos laborales entre un 18 y un 34%, según la actividad económica y el tamaño de la empresa, lo cual desincentivará la contratación formal, impulsará la informalidad y generará una cadena de impactos negativos como cierres de negocios, aumento de precios para los consumidores y reducción de oportunidades laborales”, concluyó Cabal.

Por su parte, los trabajadores del país están a la expectativa de conocer si finalmente concluirá esta etapa que ha tomado cerca de dos años de discusiones. La aprobación de esta reforma representa, para muchos, la esperanza de avanzar hacia condiciones laborales más justas, dignas y acordes con las necesidades del trabajador colombiano.

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