Las empresas tienen hasta el próximo miércoles 14 de febrero para realizar el pago de las cesantías de sus trabajadores, según lo establecido en el artículo 99 de la ley 50 de 1990. Lea aquí: Las razones para sacar las cesantías y la mejor temporada para hacerlo
Javier Almanza, director del Área Laboral del Consultorio Jurídico de la Universidad del Rosario, advirtió que aquellos empleadores que no cumplan con este plazo incurrirán en una sanción de un día de salario por cada día de retardo.
Almanza explicó que las cesantías y los intereses a las mismas son dos prestaciones sociales distintas que se pagan a los trabajadores, calculadas en un salario mensual por cada año trabajado y el 12 % del valor de las cesantías de ese año, respectivamente.
Es importante tener en cuenta que las cesantías no deben ser liquidadas ni consignadas a los trabajadores que perciben salario integral, ya que esta prestación está incluida en el 30 % del factor prestacional, como lo dispone el artículo 132 del CST.
La Corte Constitucional destacó la importancia de estas prestaciones como un respaldo económico para mejorar la calidad de vida de los trabajadores y sus familias (Sentencia C-295 de 2022).
“Las cesantías deberán consignarse a más tardar el 14 de febrero de este 2024, esto cumpliendo lo mencionado en el artículo 99 de la ley 50 de 1990. En caso contrario los empleadores estarán incurriendo en una sanción de un día de salario por cada día de retardo, y hasta cuando se verifique el respectivo pago”, dijo Almanza. Lea aquí: Este mes consignan las cesantías: así consultas cuánta plata acumulada tienes
“Otra de las consecuencias es que el Ministerio del Trabajo podrá iniciar un procedimiento sancionatorio contra el empleador que incumpla con estas obligaciones. En caso de encontrar al empleador responsable, la inspección laboral podrá imponer multas de hasta 5000 smmlv”, agregó Almanza
Por ello, es fundamental cumplir con el plazo establecido y calcular correctamente las cesantías, utilizando la fórmula: salario mensual multiplicado por los días trabajados, dividido entre 360.