“La vigencia del Registro Único Tributario (RUT) es indefinida y, en consecuencia, su renovación no puede ser exigida por ninguna empresa, persona u organización”. Con esa precisión la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) da respuesta a múltiples quejas de ciudadanos a los que se les exige renovar periódicamente ese documento.
No obstante, precisa que solo quienes han tenido cambios en los datos de identificación, ubicación o clasificación que registraron previamente, deberán actualizarlo. (Lea aquí: La Dian cerró más de 350 establecimientos por irregularidades en facturación).
En un comunicado hecho público esta semana, la Dian expresa que: “Por lo anterior, si a las personas les piden el RUT con fecha de actualización reciente en la casilla 61, podrán entregar una copia del RUT e informar que se puede verificar la fecha de generación del documento, que aparece en la parte derecha del pie de página del formulario.
Aclara, además, que los trámites de inscripción y actualización del RUT no tienen ningún costo y se pueden hacer de forma virtual en la página web de la Dian, excepto la actualización de los datos de identificación y el retiro de responsabilidades, que se hacen en puntos de atención presencial.
Además de la inscripción y actualización del RUT, la ciudadanía puede hacer los siguientes trámites a través de los servicios digitales de la Dian:
• Obtención de copia del RUT.
• Solicitud de cancelación del RUT.
• Solicitud del RUT para consorcios y uniones temporales.
• Solicitud de retiro de algunas responsabilidades.
La inscripción en el RUT podrá ser suspendida si la información presenta errores, está incompleta, es inconsistente o no corresponde a la realidad. Por eso es clave que los contribuyentes revisen sus datos y los actualicen -de ser necesario- para evitar sanciones.
Tener los datos correctos, completos y actualizados en el RUT le permite a la Dian contar con información veraz y confiable para facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias, aduaneras y cambiarias, precisa el organismo. (Lea aquí: No exigirán requisito de cuenta bancaria para obtener el RUT).

Las organizaciones sociales de todo el país podrán hacer sus trámites en los puntos de atención de la Dian cumpliendo tres requisitos básicos.
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) es consciente de la importancia de las organizaciones encargadas de velar por el cumplimiento de los derechos humanos ante las autoridades municipales y departamentales, así como su aporte al desarrollo integral y sostenible de las comunidades. Por eso ha implementado mejoras en el proceso de creación y actualización del Registro Único Tributario (RUT) para las Juntas de Acción Comunal (JAC) y otras organizaciones sociales.
De acuerdo con la Circular 000005 del 7 de diciembre de 2023, los representantes de estas Juntas que requieran la obtención o la actualización del RUT deben acercarse a los diferentes puntos de contacto de la Dian, en todo el territorio nacional, para recibir atención preferencial y presentar lo siguiente:
- Copia del documento que acredite la existencia y representación legal de la organización con una vigencia no mayor a un mes.
- Original y copia del documento de identidad del presidente o del vicepresidente, en caso de que el presidente esté en ausencia temporal o definitiva.
- La dirección principal, el correo electrónico y el teléfono deben estar escritos en el respaldo de la copia del documento de identidad del representante legal.
Para cualquier pregunta, queja o denuncia, las JAC pueden comunicarse al número 601 307 8064 y escoger la opción ‘organizaciones populares’.
Para la Dian es importante estar al servicio de las organizaciones populares y, de esta manera, hacer posible que Colombia se consolide como una potencial mundial de la vida, señala un comunicado de la entidad.