La tasa de desempleo de abril de 2023 fue de 10,7 %, mientras que ese mismo mes del 2022 fue de 11,2 %. Lo anterior quiere decir que en el país hay 2,7 millones de personas desocupadas.
En aras de garantizar la protección social de muchos trabajadores el Subsidio de Protección al Cesante, impulsado por el Ministerio del Trabajo busca en los ciudadanos garantías en caso de quedar desempleados, manteniendo su acceso a salud, ahorro de pensiones, subsidio familiar y a servicios de intermediación y capacitación laboral. Lea también: ¿Buscas salir de Cartagena? Hay vacantes con residencia permanente en EE. UU.
El valor del subsidio para los trabajadores más vulnerables es de hasta $ 1′740.000 y se transfiere en cuatro cuotas de $696.000, $ 522.000, $ 348.000 y $ 174.000.
Los requisitos para acceder al programa
1. Que su situación laboral haya terminado por cualquier causa o, en el caso de ser independiente, su contrato haya cumplido con el plazo de duración pactado y no cuente con ninguna fuente de ingresos.
2. Que hayan realizado aportes durante un año, continuo o discontinuo, a una Caja de Compensación Familiar en el transcurso de los últimos tres años para el caso de los trabajadores dependientes y dos años, continuos o discontinuos, para los independientes.

3. Inscribirse en cualquiera de los servicios de empleo autorizados pertenecientes a la Red de Servicios de Empleo y desarrollar la ruta hacia la búsqueda de empleo.
4. Estar inscrito en programas de capacitación y re-entrenamiento en los términos dispuestos por la reglamentación que expida el Gobierno Nacional.
Para tener derecho al incentivo monetario por el ahorro voluntario de sus cesantías, quienes devenguen hasta dos SMMLV deberán haber ahorrado como mínimo el 10% del promedio de su salario mensual del último año. Para quienes devenguen más de 2 SMMLV el ahorro mínimo deberá ser de 25%.
¿Cómo aplicar al subsidio de desempleo?
Para acceder a los beneficios del subsidio de Protección al Cesante usted deberá:
1. Acudir a los servicios de colocación ofrecidos por el Servicio Público de Empleo.
2. Cumplir con los trámites exigidos por el Servicio Público de Empleo y los requisitos para participar en el proceso de selección de los empleadores a los que sea remitido por este.
3. No rechazar la ocupación que le ofrezca el Servicio Público de Empleo, siempre y cuando ella le permita ganar una remuneración igual o superior al 80% de la última devengada en el empleo anterior y no se deterioren las condiciones del empleo anterior. Recuerde que no podrá haber salarios inferiores al salario mínimo. Lea también: 33 hoteles de Cotelco en ‘Cartagena Cyber’
4. Culminar el proceso de formación al cual se haya inscrito para adecuar sus competencias básicas y laborales específicas, excepto en casos de fuerza mayor que reglamentará el Gobierno Nacional.
Una vez haya cumplido con los requisitos, el Fondo de Solidaridad de Fomento al Empleo y Protección al Cesante deberá verificar la petición y aceptarla o no dentro de los 10 días hábiles siguientes.