El calendario tributario de los impuestos nacionales que maneja la DIAN arrancó para las personas jurídicas. (Lea aquí: ¡Ojo comerciantes!: la DIAN le pone la lupa a la facturación electrónica).
Desde el pasado 8 de abril y hasta el 8 de mayo, las personas jurídicas obligadas a declarar y pagar el Impuesto sobre la Renta y Complementarios deben cancelar la primera cuota teniendo en cuenta los dos últimos dígitos del NIT. La segunda cuota será del 7 al 21 de julio de 2023.
Para las personas naturales, los plazos para presentar la declaración y el pago de Impuesto sobre la Renta y Complementario, año gravable 2022, y las sucesiones ilíquidas, los términos empezarán a correr del 9 de agosto al 19 de octubre de 2023, también de acuerdo con los últimos dígitos del NIT.
La Dirección de Impuestos Nacionales en Cartagena, a cargo de Mercedes De León, estimó en 16 mil los declarantes personas jurídicas y 90.000 declarantes personas naturales las que en Bolívar están obligados a cumplir con esta obligación, que en conjunto representan unas 106 mil obligados, aproximadamente.
Los contribuyentes que vivan en el exterior tienen los mismos plazos para hacer sus declaraciones y pagos, lo que deberán hacerlo de manera electrónica.
La funcionaria recordó que las personas que se encuentran en mora con el pago de sus obligaciones tributarios a la fecha de la entrada en vigencia de la Ley 2277/22, que tienen plazo hasta el 30 de junio del presente año para acogerse al beneficio consagrado en esta ley; es decir, una tasa de interés equivalente al 50% de la fijada para el respectivo mes, si solicitan facilidad de pago, el plazo para radicar la solicitud vence el 15 de mayo de 2023, la cual podrá ser por un término no superior a un (1) año sin garantía.
La DIAN en Cartagena realizó el pasado jueves una nueva jornada de Control de Facturación Electrónica y Formalización, para lo cual se dispusieron 80 funcionarios que realizaron visitas a establecimientos ubicados en San Andresito, Bazurto, Bocagrande, Centro y sectores aledaños. También se dispuso un punto móvil en el Centro Comercial Caribe Plaza, para inscripción y/o actualización en el Registro Único Tributario-RUT, y de orientación en temas de Registro Único de Beneficiarios Finales- RUB, y Beneficios Tributarios para morosos y omisos.
Quienes no entreguen factura pueden ser sancionados con el cierre del establecimiento por tres días.
Los plazos del calendario tributario de la DIAN es de los aspectos más importantes que deben tener en cuenta las personas naturales y jurídicas a la hora de presentar su declaración de renta.
Alejandro Trujillo, contador Público y especialista en Impuestos, alertó sobre esos plazos, pues su incumplimiento genera sanciones por extemporaneidad, al igual que si se presenta la declaración o la información exógena con errores.
Las empresas que no son contribuyentes del Impuesto de Renta, pero que sí deben presentar declaración en de renta y patrimonio, al igual que las fundaciones y sindicados, están obligados a presentar su información exógena, porque dentro de la norma todos los que tengan responsabilidad de aplicar retención en la fuente tienen que presentar información exógena, señala Trujillo.
“Las sanciones por no presentar este tipo de información son bastante altas. Por ejemplo, si se presenta fuera del tiempo la declaración o la información exógena, la sanción es 0,5% del total de la información y si se presenta con errores es 0,7%.
La información exógena es aquella que se presenta en la página de la DIAN. Se descarga una macro en excel y se diligencian los formatos. Uno de ellos es el de ingresos. A todas las personas que se les generó factura se tiene que reportar, a quién se le generó el IVA, el salario de los trabajadores, a quien se le generó seguridad social, de quién vino la donación, entre otras. Igualmente, todas las iglesias y comunidades religiosas que tengan una resolución del Ministerio del Interior deben presentar su declaración de renta de ingresos y patrimonio y presentar la información exógena, recordó Trujillo.
- Más que organizar la información hay que llevar las cosas como deben ser porque ahora hay documentos soportes, factura electrónica y ello requiere una planeación tributaria, que se debe hacer con anticipación para que pueda deducir sus impuestos y cumplir con las obligaciones de la DIAN.
- Es importante asesorarse con contadores con experiencia en temas de impuestos.
- Recuerde que organizar la información es fundamental ya que las personas naturales que superen un tope de ingresos anuales tienen que generar IVA y si no lo generan tienen problemas con la declaración de renta, de IVA y la información exógena, y las sanciones pueden conllevar a una quiebra .
Trujillo recordó que entre los errores o fallas más comunes entre las personas naturales, a la hora de declarar renta y presentar información exógena están: Falta de conocimiento de las normas, presentar la declaración o información fuera del tiempo estipulado por la DIAN, no llevar un control adecuado de los registros diarios, no pedir el RUT a las personas a las que se les va a pagar.
Trujillo es el representante de la empresa de contaduría Alejandro Trujillo Consultores Empresariales, que es un grupo empresarial que tiene además una firma jurídica: Alejandro Trujillo Loret, y espera crear un instituto para apoyar en la capacitación del recurso humano y para el trabajo en comunidades poseen una fundación. Esa fundación ha programado para el 15 de mayo unas jornadas de capacitación a comunidades del municipio de Santa Catalina, para asesorar a quienes no tienen acceso a una asesoría profesional contable y para formalizar negocios. En la fecha y en alianza con una entidad del sector financiero se ofrecerán apoyos en materia de bacarización. (Lea aquí: ¿Sabe las implicaciones de no declarar renta a tiempo?).



