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Económica

¡A declarar se dijo!

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Este plazo aplica para las personas naturales y sucesiones ilíquidas, de acuerdo con la programación tributaria diseñada por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).
Para facilitar esta labor, la DIAN ha dispuesto de canales electrónicos para facilitar el cumplimiento de esta obligación a través del portal www.dian.gov.co, y el programa tutorial de “Ayuda-renta”, para elaborar el borrador de sus declaraciones. Esta herramienta se puede descargar en el computador y permite al usuario diligenciar paso a paso la declaración. Quienes no están obligados a declarar en forma electrónica y no utilizan los Servicios Informáticos Electrónicos de la DIAN, deberán adquirir el formulario en un punto autorizado para la venta de formularios litográficos, diligenciarlo, firmarlo,  presentarlo ante la entidad financiera y efectuar el pago del impuesto a cargo con las sanciones cuando haya lugar.
La programación de declaración y pago de este impuesto se hizo de acuerdo con los dos últimos dígitos del NIT de los contribuyentes. Si un ciudadano quiere conocer si es responsable del Impuesto sobre la renta y complementarios, debe ingresar al siguiente link: http://www.dian.gov.co/descargas/normatividad/2011/Paquete_Tributario_2011.pdf allí encontrará toda la información relacionada con la declaración y los plazos para presentar este impuesto. 


Proyecciones en Bolívar
Los cálculos de la Dirección Seccional de Impuestos Nacionales son de recaudar este año 10.219 millones de pesos en Impuesto sobre la renta, entre personas naturales, frente a 9.836 millones de lo recaudado en el 2010, y 8.528 millones en el 2009.
El recaudo de las personas naturales representa el 3% del recaudo total de la Dirección Seccional, donde el 79% le corresponde a los Grandes Contribuyentes y el 17%, a las personas jurídicas.
De enero a junio, el recaudo total en Renta en la seccional fue 71.731 millones de pesos,  en IVA 145.649 millones, en Retención en la Fuente 237.209 millones, en Patrimonio 48.608 millones, para un total de 504.418 millones, frente a una meta de 460.729 millones para un cumplimiento del 109,4%, reveló Mercedes De León Herrera, Directora Seccional de Impuesto en Cartagena.

Recuerde
La DIAN secional está realizando capacitaciones del Programa de Ayuda en Renta, el cual facilita el diligenciamiento del formulario, el que también puede bajarse de la página de la DIAN, junto con el formulario respectivo en: www.dian.gov.co; en el link: programa-ayuda-renta-2010; cualquier duda puede presentarse ante el Punto de Contacto ubicado en la DIAN, en  Manga, Calle 28 No.25-04 o al teléfono 6607589, y al Conmutador 6700111 Extensiones 42, 701, 242, 210.

Los obligados a declarar
Están obligados a declarar renta las personas naturales y sucesiones ilíquidas que cumplan con los siguientes requisitos:

Contribuyentes de menores ingresos
- Que su patrimonio bruto en el último día del año gravable de 2010 exceda los 110.498.000 pesos.
- Que sus ingresos brutos, en el mismo año, sean superiores a los 34.777.000 pesos.
- Que los consumos, mediante tarjeta de crédito, durante el año gravable 2010 excedan los 68.754.000 pesos.
- Que el total de compras y consumos durante el año gravable supere los 68.754.000 pesos.
- Que el valor total acumulado de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras durante el año gravable supere los 110.498.000.

Asalariados
- Que su patrimonio bruto en el último año 2010 sea superior a los 110.498.000 pesos.
- Que sus ingresos totales en el mismo año sean superior a 100.013.000 pesos.
- Que los consumos mediante tarjeta de crédito, compras y consumos durante el año gravable 2010 supere los 68.754.000 pesos.
- Que el valor total de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financiera durante el año gravable supere los 110.498.000 pesos.

Trabajadores independientes
- Que su patrimonio bruto en el último día del año 2010 supere los 110.498.000  pesos.
- Que sus ingresos totales en el mismo año sean superiores a los 81.032.000  pesos.
- Que los consumos mediante tarjeta de crédito, compras y consumos durante el año gravable 2010 supere los 68.754.000  pesos.
- Que el valor total acumulado de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras durante el año gravable supere los 110.498.000 pesos.

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