Las nuevas plataformas digitales, especialmente las musicales, son una nueva modalidad que funciona de forma eficaz y rápida para llevarle música a los usuarios. Lea también: ¿Goarbit sí paga? Las polémicas publicaciones en los “viernes de retiro”
Si bien es cierto, son muchos los artistas y empresas a nivel mundial que se han beneficiado con estas nuevas tecnologías, sin embargo, hoy varios músicos colombianos de diferentes géneros extiende su descontento al aducir que no reciben las respectivas regalías de sus canciones que se reproducen en plataformas digitales y redes sociales como Spotify, Facebook, Instagram, Tik Tok y Youtube.
Este grupo de artistas, entre ellos el acordeonista Alfredo Gutiérrez, decidieron protestar reclamándoles a las empresas disqueras el pago de dichas regalías, basándose en la Ley 23 de 1982 y Decisión Andina 351 de 1993.
Según se lee en el comunicado que enviaron estos músicos, las querellas de los intérpretes se fundamentan en que los contratos que ellos firmaron con diferentes casas disqueras, hace 30 o 40 años, contemplaban el pago de porcentajes como regalías por las ventas de los trabajos discográficos.
Actualmente los usos de la música son mucho más fuertes comercialmente que hace varias
décadas”
“En su momento, esos pagos llegaron a manos de intérpretes y compositores, pero, entrado el siglo XXI, cuando las redes sociales y las plataformas digitales vienen difundiendo música en todo el planeta, los artistas en cuestión no están percibiendo ningún reconocimiento económico de parte de las empresas fonográficas, que, mediante las nuevas tecnologías, siguen explotando sus obras y su material fotográfico”, dice el documento.
Muchos de estos artistas dicen estar reclamando el porcentaje de pago por ventas de estas regalías a empresas como Codiscos, Fuentes, Sony Music (antes CBS), Sonolux, FM, Warner Music, etc. Ellos aseguran que los propietarios de las compañías anteriormente nombradas “pretenden desconocer” que esas cláusulas siguen vigentes ya que en los contratos no se estipula en cuanto tiempo se daría el pago, y que solamente se habló del porcentaje de ventas, pero estos artistas aseguran que “las ventas son de por vida”.
“Anteriormente, un long play tenía sólo dos usos: la difusión pública y la producción que generaba el mismo acetato. Hoy, esos usos son más extensos, ya que la comunicación pública abrió otras brechas, caminos o posibilidades, como son los videos y las plataformas de audio. Entre esas están youtube, Instagram, Facebook, Tik tok, mientras que las plataformas de audio pasan de cien, teniendo como principales Amazon y Spotify”, se lee.
Con respecto a lo anterior, esto implica que los contratos que firmaron los artistas en el pasados deben ser actualizados. Además, exigen una revisión según lo establecido por la ley, la cual aseguro que los contratos quedan circunscritos a los usos existentes al momento de la firma. Eso significa que los contratos que se firmaron antes de 2008 no incluyen los usos digitales.
“Los intérpretes, con mucha razón, están reclamando que les paguen sus regalías, pero los disqueros se han quedado ellos solos con el negocio. Adicionalmente, tienen un agravante que consiste en que, aparte de que no pagan, siguen usando los nombres de los artistas, sus marcas y sus imágenes”, sentenciaron en el documento firmado por el tres veces rey de la Leyenda Vallenata, Alfredo De Jesús Gutiérrez Vital.