El Gobierno del presidente Gustavo Petro vuelve a enfrentar un revés jurídico. El Tribunal Administrativo de Cundinamarca declaró nulo el nombramiento de Eduardo Montealegre como ministro de Justicia, al concluir que el Gobierno incumplió la cuota de género exigida por la Ley 581 de 2000.
Aunque Montealegre renunció al cargo en octubre de 2025, la decisión judicial establece un precedente clave sobre la obligatoriedad de la paridad en los altos cargos del Ejecutivo.
Tribunal anula nombramiento de Eduardo Montealegre por incumplir cuota de género en el gabinete Petro
La demanda buscaba tumbar el Decreto 0647 del 13 de junio de 2025, argumentando que su expedición violó la cuota mínima de participación femenina en el gabinete ministerial.
El Tribunal confirmó esa interpretación. La Sala determinó que, al momento de la designación, el Gobierno contaba con 9 ministras de un total de 19 ministerios, lo que equivalía al 47,36 %, cifra inferior al mínimo legal del 50 %.
“El material probatorio […] permite concluir que […] se nombraron 9 mujeres […] es decir, por debajo del mínimo del 50 % requerido”, señaló el fallo.
La defensa del Gobierno: ¿por qué no prosperó?
El Ejecutivo sostuvo que la aplicación de la Ley 581 requería una reglamentación que delimitara a qué cargos debía aplicarse y que, por tanto, la exigencia no podía hacerse de manera inmediata.El Tribunal rechazó ese argumento y aclaró que la norma es directamente exigible, sin necesidad de regulación adicional.
Además, enfatizó que han pasado más de 24 años desde la entrada en vigencia de la ley y de su sentencia de constitucionalidad, por lo que no es válido alegar una aplicación gradual o indefinida.
Reemplazos que agravaron el incumplimiento
En su análisis, la Sala evidenció que en al menos tres ocasiones el Gobierno aceptó renuncias de ministras y las reemplazó por hombres, lo que contribuyó al incumplimiento del porcentaje mínimo.
Frente al argumento del Ministerio de Justicia según el cual el gabinete “se aproximaba” al ideal de paridad, el Tribunal fue categórico:
“No se trata de aproximarse al 50 %. Este constituye de manera categórica el porcentaje mínimo a suplir”.
¿Qué implica el fallo para el Gobierno?
La decisión no tiene efectos prácticos sobre Montealegre, quien ya no ocupa el cargo, pero sí refuerza la obligación legal del Gobierno de garantizar que al menos la mitad del gabinete esté compuesto por mujeres.
También envía una señal clara: la cuota de género no es una meta simbólica, sino un mandato exigible que debe cumplirse de forma estricta en cada nombramiento ministerial.

