La revisión tecnomecánica continúa siendo uno de los trámites obligatorios más importantes para circular legalmente por las carreteras colombianas. Sin embargo, en 2026 algunos vehículos quedarán exentos de realizar este procedimiento, de acuerdo con lo establecido por el Ministerio de Transporte y lo consignado en la Ley 2294 del Plan Nacional de Desarrollo.
Este control, vigente desde hace más de dos décadas, evalúa el estado mecánico, ambiental y de seguridad del parque automotor del país. Aun así, la normativa contempla excepciones claras que aplican para un grupo específico de vehículos. Lee también: Consejo de Estado toma crucial decisión sobre multas por SOAT y tecnomecánica.

¿Qué vehículos no deben hacer la revisión tecnomecánica en 2026?
El Ministerio de Transporte confirmó que los vehículos nuevos de servicio particular no están obligados a realizar la revisión tecnomecánica sino cinco años después de la fecha de su primera matrícula. Esto significa que los automóviles particulares matriculados desde 2022 en adelante no deberán hacer la tecnomecánica durante 2026.
Esta medida busca aliviar la carga económica de los propietarios de vehículos nuevos, bajo el supuesto de que cuentan con condiciones óptimas de funcionamiento durante sus primeros años de uso.
Además de los carros nuevos particulares, existen otros casos contemplados por la normativa:
- Vehículos con placas extranjeras en permanencia temporal: los automotores que ingresan al país por un período máximo de tres meses no deben realizar la revisión tecnomecánica durante ese tiempo autorizado.
Estas excepciones no eliminan la responsabilidad del propietario sobre el buen estado del vehículo.
Cuántos vehículos sí deben hacer la tecnomecánica en Colombia
En Colombia circulan cerca de 20 millones de vehículos -de acuerdo con cifras publicadas por Blu Radio- entre automóviles, motocicletas y transporte de carga. De ese total, alrededor de 12 millones corresponden a motocicletas, lo que convierte la revisión tecnomecánica en uno de los trámites con mayor demanda en los Centros de Diagnóstico Automotor (CDA).
En el caso de las motos, el calendario es diferente: la primera revisión debe realizarse dos años después de la matrícula. Por ejemplo, una motocicleta matriculada en 2024 deberá cumplir con su primera tecnomecánica en 2026.
La inspección evalúa aspectos como frenos, suspensión, dirección, sistema eléctrico, emisiones contaminantes, llantas, vidrios y carrocería.

Multa por no tener la tecnomecánica vigente en 2026
Circular sin el certificado de revisión tecnomecánica vigente constituye una infracción de tránsito. El Código Nacional de Tránsito establece una sanción de 15 salarios mínimos diarios legales vigentes (smdlv).
Para 2025, esta multa equivale a aproximadamente 604.100 pesos, siempre que el documento no haya sido expedido por un CDA autorizado. Además de la sanción económica, el vehículo puede ser inmovilizado.

