A partir del sábado, 8 de noviembre, empieza a regir la Ley de Garantías Electorales, Ley 996 de 2005, cuyo propósito es la de garantizar transparencia meses antes del llamado a elecciones, de manera que pone en pausa la contratación de personal en el Estado colombiano y las administraciones regionales.
Por tal motivo, el Gobierno nacional, a través del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República (Dapre) y Función Pública, emitió una circular para orientar el cumplimiento de la circular, emitida a ministros, directores de departamentos administrativos, superintendentes, gerentes y directores de entidades descentralizadas de la Rama Ejecutiva del orden nacional, gobernadores, alcaldes municipales y distritales, y demás funcionarios del orden territorial.
Ley de Garantías Electorales: Gobierno emite directrices para entidades públicas
Entre las recomendaciones destacadas se encuentra la suspensión de cualquier forma de vinculación que afecte la nómina estatal en la Rama Ejecutiva, durante los cuatro meses anteriores a la elección presidencial. Esto significa que la medida regirá desde el 31 de enero de 2026 y hasta la elección en segunda vuelta, si es necesaria.

La circular también indicó que, mientras esté en vigencia la Ley de Garantías, no será posible proveer vacantes definitivas en la nómina estatal. Se establecen excepciones si las vacantes fueron generadas por renuncia, licencia o muerte y son “indispensables para el funcionamiento de la Administración Pública”, o en los casos de aplicación de las normas de carrera administrativa. No obstante, en estos casos solo se podrán efectuar nombramientos provisionales.
El documento también contiene lineamientos específicos sobre empleos de libre nombramiento y remoción; retiro forzoso de servidores públicos, traslados de vacantes definitivas y nombramientos por pensión del titular.
La circular está firmada por Angie Lizeth Rodríguez, directora del Dapre, y Mariella Barragán, directora de Función Pública. La Ley de Garantías Electorales tiene como objetivo garantizar la transparencia y el equilibrio entre los candidatos que aspiran a la Presidencia de la República y aquellos que son funcionarios públicos.

