El pasado martes 21 de octubre, el Tribunal Superior de Bogotá dio a conocer el fallo de segunda instancia sobre la sentencia de 12 años de cárcel domiciliaria contra el expresidente Álvaro Uribe Vélez por los delitos de fraude procesal y soborno.
La decisión del tribunal fue de absolver al exmandatario, en segunda instancia, de su condena por el delito de soborno en actuación penal en los casos de los exparamilitares Carlos Enrique Vélez Ramírez, Eurídice Cortés Velasco, alias ‘Diana’ y Juan Guillermo Monsalve, testigo estrella del proceso en su contra. Lea aquí: Tribunal absuelve a Álvaro Uribe por caso soborno y fraude procesal
Ante este hecho, las víctimas del proceso por presunta manipulación de testigos en contra del presidente Álvaro Uribe ya le anunciaron a la Corte que presentarán el recurso de casación con el fin de tumbar esta decisión. Se suman a la Fiscalía que tomó la misma decisión.
Para el magistrado Gutiérrez, Uribe es inocente porque no existe ninguna prueba, ni ningún testigo que permita comprobar que indujo a terceros, entre ellos al abogado Cadena, a conseguir testigos y retractaciones a su favor. Lo que contradice el fallo emitido por la jueza Sandra Liliana Heredia, que sostuvo que Uribe buscó la manipulación de al menos tres testigos: Juan Guillermo Monsalve; Carlos Enrique Vélez, alias “Víctor”; y Euridice Cortés, alias “Diana”, a través del abogado Cadena.
No se trata de presiones para incriminar a Cepeda, aseguró el magistrado, y fue más allá: dijo que se aplicó rigor desigual descalificando testigos afines a la defensa. Según su teoría, Cadena actuó solo “no hay instrucciones del acusado”.
Uribe también fue absuelto de fraude procesal
El magistrado insistió que hubo inconsistencias juridícas y contradicciones de Diego Cadena en reuniones, por lo que se infiere, que no basta con incurrir en fraude procesal. Lea: Esto dijo Álvaro Uribe tras ser absuelto por soborno y fraude procesal
“Para que exista tipicidad, se requiere que se haya constituido un artificio idoneo para inducir error judicial. Acreditar que dicho artificio fue transmitido como prueba ante la autoridad y probar conocimiento y voluntad del acusado para provocar el error, es decir dolo preterminador”, expresó.
Tras el análisis, el Tribunal decidió tumbar este delito de fraude procesal y por ende, el expresidente Uribe fue absuelto de todos los eventos.
“La ausencia de prueba directa inferencia sobre la falsedad y artificio idóneo impide configurar el tipo penal de fraude procesal. Por ello se ha de revocar la sentencia de primera instancia”, sentenció el magistrado del Tribunal Superior de Bogotá.

