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Mintransporte restringe el traspaso de vehículos en Colombia

¿Pensando en realizar un transpaso de vehículo? tenga en cuenta esta nueva directriz del Ministerio de Transporte sobre el trámite.

Mintransporte restringe el traspaso de vehículos en Colombia

En lo corrido de 2025, a corte de agosto, en Bolíovar se han matriculado 3.108 vehículos. //HFA - EU.

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El Ministerio de Transporte emitió una circular para solicitar la actualización de la información sobre los vehículos que llevan más de tres años registrados con traspaso activo bajo la modalidad de “persona indeterminada”.

Mecanismo de trámite creado en 2008 con el objetivo de permitir a los ciudadanos vender sus vehículos y posterior a ello, librarse de responsabilidades de impuestos o multas sobre el mismo. Podría interesarle: Pico y placa para motos y vehículos particulares cambia: esta es la nueva rotación

Desde el año 2019 se emitió también, para reforzar esta figura, la Resolución 3282, la cual estableció un procedimiento especial para el traspaso de propiedad de un vehículo a persona indeterminada, fijando un plazo de tres años, para que la entidad de tránsito que adelantó el trámite, realice el inventario del mismo y lo publiquen en los medios de comunicación, invitando a los interesados a que dentro de seis meses formalicen el correspondiente traspaso.

Si después de ese tiempo ningún ciudadano llega a formalizar el traspaso, el tránsito puede suspender el acuerdo mediante un acto administrativo, para permitir que se normalice el estado del vehículo y dentro del Registro Nacional de Automotores, indicando su situación real.

¿Cuántos vehículos se encuentran en esta situación?

Según lo reportado por el Ministerio de Transporte, en Colombia se han llevado a cabo 762,880 traspasos a personas indeterminadas, de las cuales 40,182 se han cancelado o suspendido, por lo que hoy existen 722,600 vehículos a la espera de finalización de este trámite.

Dentro de este cambio se pide el cumplimiento de la norma con relación a la publicación de los listados en medios de comunicación de alta circulación en el país antes del próximo 30 de noviembre de 2025, para que los ciudadanos puedan culminar los traspasos por persona indeterminada.

“Una vez suspendido el registro del vehículo, el organismo de tránsito iniciará las acciones de control respectivas, para efectos de evitar que los vehículos circulen por las vías del país. Los cuerpos de agentes de tránsito consultarán en el Registro Único Nacional de Tránsito tal condición, la cual será identificable en el RUNT, y los conducirán a patios de inmovilización al incumplir lo previsto en el artículo 34 de la Ley 769 de 2002”, indica la circular.

También hace un llamado a la Superintendencia de Transporte a realizar seguimiento a los organismos de tránsito, para verificar el cumplimiento de los tiempos señalados.

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